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En fallo unánime.

Corte de Valdivia ordenó a empresa constructora indemnizar a transeúnte accidentada en la vía pública.

El Tribunal de alzada confirmó la sentencia apelada con declaración que el monto por daño emergente se eleva a la suma total de $4.412.580 pesos.
Monto que se suma a los 5 millones de pesos que el Tribunal de primera instancia decretó por concepto de daño moral.

10 de enero de 2017

La Corte confirmó el fallo de primera instancia del Primer Juzgado de Letras de Osorno, que condenó a la empresa Constructora Cosal S.A., a pagar una indemnización por daño emergente y daño moral a Alicia Margot Aguilar González, quien sufrió un accidente que le provocó graves lesiones en el rostro, muñeca y rodilla, en la calle Juan Mackenna de la ciudad de Osorno, producto de las faenas de mejoramiento de la vía pública que realizaba la empresa.
La sentencia sostiene que "se encuentra establecido, además que no existían protecciones ni señaléticas de advertencia, circunstancia que no se ve alterada por estar dispuesta en un lugar privado, desde que tales estructuras son de propiedad de la empresa y son precisamente dichos moldajes los que causaron la caída de la demandante".
El fallo del Tribunal de alzada estableció que aproximadamente a las 11.52 horas del 26 de marzo de 2015, Alicia Margot Aguilar González "transitaba por la calle Juan Mackenna de la ciudad de Osorno, en dirección a una tienda comercial por la vía destinada a la acera y al llegar a la intersección con calle Freire se tropieza con maderas y escombros que se encontraban en dicho lugar, lo que le originó las siguientes lesiones: fractura muñeca derecha, golpe severo en rodilla derecha, lo que provocó rotura de meniscos, y un trauma masivo facial de labio, lo que devino en pérdida de piezas dentales".

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

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