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Artículo 159 N°4.

Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta ordena a Municipalidad pagar indemnización por despido injustificado.

En el fallo se acogió la acción judicial presentada por Lucero Rivera en contra del municipio de Sierra Gorda.

14 de marzo de 2017

El Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta acogió la demanda laboral interpuesta en contra de la Municipalidad de Sierra Gorda por Claudia Andrea Lucero Rivera, sicóloga que trabajó desde septiembre de 2014 en la escuela municipal "Caracoles" y que fue desvinculada el 10 de octubre pasado.
El fallo del Tribunal sostiene que “se ha logrado establecer que el contrato de trabajo de la actora se extendió entre el 22 de septiembre de 2014 y hasta el 10 de octubre de 2016, razones por las que se extendió por 25 meses, en consecuencia el contrato de trabajo de la demandante se transformó en indefinido, en virtud de lo que dispone el artículo 159 N°4, en el entendido que el trabajador hubiere prestado servicios discontinuos en virtud de más de dos contratos de trabajo a plazo, durante doce meses o más en un periodo de quince meses, contados desde la primera contratación, se presumirá que la contratación es indefinida, por lo que deberá acogerse la demanda".
La resolución agrega que "estableciéndose que la trabajadora fue despedida en virtud de la causal del artículo 159 N°4 del Código del Trabajo, sin que se remitiera carta de aviso de despido de conformidad a lo dispuesto en el inciso primero del Código del Trabajo, deberá de todos modos acogerse la demanda y declara injustificado el despido ordenando el pago de las indemnizaciones que del emanan, atendido lo dispuesto en el artículo 168 del Código del Trabajo".

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

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