Noticias

Primera sala.

Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma que establece arresto por no pago de pensiones alimenticias.

La gestión pendiente incide en un proceso de alimentos en etapa de cumplimiento, de que conoce el Segundo Juzgado de Familia de Santiago.

27 de junio de 2017

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 14 de la ley 14.908, sobre Abandono Familiar y Pago de Pensiones Alimenticias.

El precepto impugnado establece, en esencia, los apremios para el alimentante que no cumpla su obligación en la forma pactada u ordenada.

La gestión pendiente incide en un proceso de alimentos en etapa de  cumplimiento, de que conoce el Segundo Juzgado de Familia de Santiago.

El requirente estima que el precepto impugnado infringe la libertad personal, toda vez que el trámite de intimación requerido para la detención no se ha llevado a cabo en la forma legal, pues ni siquiera existe una actualizada y firme liquidación de lo adeudado, por lo que el requirente no conoce con certeza el motivo o razón de su detención, ni conoce las mensualidades de las pensiones que se le apremia.

La Sala designada por el Presidente del TC tendrá que resolver si admite a trámite la impugnación, para luego pronunciarse sobre su admisibilidad. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo del requerimiento.

 

 

Vea texto íntegro del expediente Rol N° 3595-17.

 

 

RELACIONADOS

* TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma que establece arresto para el empleador que no pague cotizaciones previsionales…

* TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba normas que facultan decretar apremio por no pago de compensación económica…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *