Atribuciones privativas del Ministerio Público y de la magistratura.
Avance de investigación criminal no se puede acelerar mediante la interposición de un recurso de protección.
Los recurrentes denunciaron la “lentitud” del ente persecutor en el avance de una investigación de un delito de usurpación, en circunstancias que la Fiscalía ha despachado diligencias y los actores no han utilizado las vías administrativas que les reconoce la ley para reclamar por la gestión de un fiscal adjunto, si encuentran que aquel ha sido deficiente en su labor.

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de San Miguel, que rechazó el recurso de protección interpuesto por cuatro querellantes en contra de la Fiscalía Regional Metropolitana Sur, por la presunta “inactividad” del ente persecutor en una investigación seguida por el delito de usurpación.
Los recurrentes acusaron ser víctimas del delito de usurpación, perpetrado por terceros que ocuparon ilegalmente un inmueble de su propiedad ubicado en la comuna de San Ramón. Afirman que el actuar de la Fiscalía se ha orientado únicamente a despachar órdenes de investigación amplias, que no han dado resultado aún. Asimismo, refieren que un Juzgado de Garantía de Santiago rechazó su solicitud de medidas cautelares al no estar formalizada la causa, responsabilidad que recaen en la recurrida, por lo que no pueden avanzar en recuperar la casa de manos de los antisociales.
De esta forma, indican los actores que la pasividad y lentitud de la recurrida vulnera el derecho a la vida e integridad psíquica, así como el derecho de propiedad que la Constitución les asegura. Igualmente, esgrimen que el ente persecutor ha incumplido con su deber de protección a las víctimas; por lo tanto, solicitan a la Corte que ordene el desalojo inmediato del inmueble, restableciendo el imperio del derecho.
Te puede interesar

Invalidación de oficio.
COMPIN goza de privilegio de pobreza al ser el continuador legal del ex Servicio Nacional de Salud y no puede ser condenada en costas.

Recurso de protección acogido por la Corte Suprema.
Expulsión de 143 socios de club deportivo de la ciudad de Osorno se deja sin efecto por la magistratura.

Recurso de nulidad rechazado por Corte de Valparaíso.
Analizar toda y cada una de las afirmaciones vertidas por los declarantes en el juicio significaría imponer a los jueces una carga imposible de satisfacer.

