Diario Constitucional

Con disidencia.

TC se pronunciará respecto del fondo de inaplicabilidad que impugna normas que establecen exclusión temporal para contratar con el Estado a quienes tengan condenas laborales.

La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro Carmona, quien estuvo por considerar que concurre en la especie la causal de inadmisibilidad contemplada en el N° 5 del artículo 84 de la LOCTC.

Por Redacción·18 de julio de 2017·1 min de lectura
TC se pronunciará respecto del fondo de inaplicabilidad que impugna normas que establecen exclusión temporal para contratar con el Estado a quienes tengan condenas laborales.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicables, por inconstitucionales, el artículo 294 bis del Código del Trabajo y la segunda frase contenida en el artículo 4º, inciso primero de la Ley N° 19.886.

La gestión pendiente incide en un recurso de nulidad laboral, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Santiago.

La requirente estima que los preceptos impugnados infringirían en su esencia la igualdad ante la ley, el principio de servicialidad y la finalidad del bien común, ya que la exclusión establecida tiene efectos absolutamente desproporcionados, tanto porque lesionan los derechos de la requirente, como los de las personas que son destinatarias de las prestaciones y servicios entregados por la Universidad Católica.

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