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CIDH destaca aprobación del proyecto de ley que tipifica el femicidio en Uruguay.

De acuerdo a la Comisión, esta modificación tipifica la figura de femicidio como una circunstancia agravante muy especial del homicidio, cuando sea cometido hacia una mujer por motivos de odio o menosprecio en razón de su género.

8 de octubre de 2017

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) congratula la tipificación del crimen de femicidio en Uruguay y considera que esta decisión es un paso positivo para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en Uruguay.
De acuerdo a información recibida por la Comisión, el 12 de septiembre de 2017, la Cámara de Diputados de Uruguay aprobó por mayoría el proyecto de ley sobre Actos de Discriminación y Femicidio, modificando el artículo 312 del Código Penal.
Cabe señalar que esta modificación tipifica la figura de femicidio como una circunstancia agravante muy especial del homicidio, cuando sea cometido hacia una mujer por motivos de odio o menosprecio en razón de su género.
La CIDH explica que se podrá considerar que existen motivos de odio contra la mujer cuando a su muerte hubieran precedido incidentes de violencia; cuando la víctima se hubiera negado a establecer o a reanudar con el autor del homicidio una relación de pareja; o si el homicidio se hubiera cometido en presencia de niños, niñas y adolescentes con algún vínculo de parentesco con el autor o con la víctima. El femicidio como agravante propone sanciones de  entre 15 y 30 años de prisión, frente a la pena máxima de 12 años prevista en caso de homicidio simple.
A juicio del Comisionado Francisco Eguiguren, Relator de la CIDH para Uruguay, “la adopción de este tipo de medidas es una de las múltiples formas de las que disponen los Estados para promover el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia y para combatir la alarmante situación de impunidad”.
Por su parte, la Comisionada Margarette May Macaulay, Relatora de la CIDH sobre los Derechos de las Mujeres, planteó que “los asesinatos de mujeres no son un problema aislado, son sintomáticos de un patrón que afecta a toda la región”.
Luego, añade que “existen aún múltiples factores estructurales que promueven la repetición de asesinatos contra las mujeres, como el machismo, el patriarcalismo, y los estereotipos sexistas. La tipificación del femicidio contribuye a visibilizar esta situación y representa un avance positivo en los esfuerzos del Estado uruguayo por desarrollar una legislación encaminada a prevenir, sancionar, y erradicar la violencia contra las mujeres”.
La CIDH recuerda que actualmente Uruguay ocupa el quinto lugar – entre 23 países de América Latina y el Caribe – en cuanto a la cifra de mujeres asesinadas por su pareja o expareja, según los datos de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL).
Agrega, que otros 16 países de la región han incorporado la figura del femicidio a sus legislaciones, ya sea tipificándola como crimen o como agravante, convirtiendo a Uruguay en el 17º país de América en hacerlo. Esta tendencia constituye un fuerte mensaje social de que la violencia contra las mujeres no será tolerada y será sancionada cuando ocurra.
“El asesinato de una mujer por el hecho de ser mujer representa la forma más grave y extrema de discriminación y de violencia de género. La tipificación del femicidio responde a la necesidad de equilibrar la desigualdad estructural que existe entre hombres y mujeres ante la prevalencia de la violencia motivada por razones de género”, explicó la Comisionada Margarette May Macaulay.
La Comisión reconoce al Estado de Uruguay por los avances realizados en materia de promoción de los derechos de las mujeres. Asimismo, invita al Estado a continuar sus esfuerzos en la adopción de leyes integrales relativas a la violencia contra las mujeres y a promover la modificación de normas que pudieran ser discriminatorias contra las mujeres, en especial en lo relativo al Código Penal, en conformidad con los estándares interamericanos.

 

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