Diario Constitucional

Desestimó reclamación de ilegalidad.

Corte de Santiago confirma multa aplicada por Superintendencia de Salud a Isapre por no traspasar fondos de excedentes a FONASA.

El Tribunal de alzada descartó la procedencia de aplicar la figura de la prescripción, ya que al no realizarse el traspaso de los excedentes no se agotó el plazo que se prolonga en el tiempo.

Por Redacción·12 de diciembre de 2017·3 min de lectura
Corte de Santiago confirma multa aplicada por Superintendencia de Salud a Isapre por no traspasar fondos de excedentes a FONASA.
Referencial

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó una multa de 50 UF aplicada por la Superintendencia de Salud a Isapre Cruz Blanca S.A. por no traspasar los excedentes de dos afiliados al Fondo Nacional de Salud (Fonasa).

La Corte hace suyo lo expresado por la Superintendencia, en el sentido que el fundamento del recurso de reclamación no se sustenta en una ilegalidad o arbitrariedad de parte de la autoridad de salud sino que en una diversa interpretación jurídica sobre el alcance de la normativa vigente en relación al cumplimiento de la obligación de traspaso de excedentes al Fondo Nacional de Salud, lo que deriva en una disconformidad de la recurrente con lo resuelto por la reclamada.

Al respecto, agrega la Corte, es necesario tener presente que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 110 Nº 2 del D.F.L. N°1 de 2005, de Salud, corresponde a la Superintendencia de Salud interpretar las normas que rigen a las personas que ella fiscaliza y que una sola discrepancia en la interpretación de una regulación en particular y el consiguiente "agravio" que pueda experimentar una parte en relación con lo resuelto por un Órgano de la Administración del Estado, no es motivo suficiente para emplear como fundamento de un recurso de reclamación.

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