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Proyecto Terminal Multipropósito Oxiquim.

Segundo Tribunal Ambiental admitió a trámite reclamación de pescadores artesanales de Quintero contra resolución que calificó favorablemente proyecto de terminal de minerales.

El proyecto omitiría señalar la procedencia de las 1.800.000 toneladas de concentrado de cobre que pretenden embarcar por un nuevo puerto.

26 de diciembre de 2017

El Segundo Tribunal Ambiental admitió a trámite la reclamación deducida por pescadores artesanales de la Bahía de Quintero contra la Resolución Exenta Nº 332/2017, de 29 de septiembre de 2017, dictada por la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Valparaíso, que rechazó la solicitud de invalidación presentada en contra de la Resolución de Calificación Ambiental N° 016 de 23 de enero de 2017, que calificó favorablemente el proyecto “Terminal Multipropósito Oxiquim, Bahía de Quintero”, cuyo titular es la empresa Oxiquim S.A..

Los reclamantes adujeron que en la resolución impugnada se señala que deberían haber concurrido a los procesos de consulta ciudadana y haber planteado en dicha instancia sus inquietudes y observaciones, lo que no es obligatorio, y además la autoridad oportunamente no verificó que el proyecto se presentó como un proyecto de envergadura menor, ya que se hablaba de ampliación, y solo cuando el proyecto fue aprobado se pudo verificar la envergadura del mismo y sus reales implicancias. Además, se indicó que no dotaron de contenido al concepto de interés reclamado, en circunstancias que son todos pescadores de la Bahía de Quintero y son beneficiarios de las áreas de manejo que existen en el área, y además para realizar dichas actividades deben de realizar transito marítimo por la zona en que se emplazará el proyecto en comento, lo que da cuenta de su legítimo derecho de accionar. En cuanto al proyecto mismo, argumentan que la obra no tiene sentido pues no se ha aprobado un proyecto para el almacenamiento, transporte y posterior utilización de carbón, lo que da cuenta que la sustracción de dicha parte del proyecto de la autorización busca su fácil aprobación sin someter al análisis de la autoridad los elementos complejos que representan las obras, instalaciones y procesos necesarios para el traslado y acopio de carbón.

Asimismo, el proyecto omitiría señalar la procedencia de las 1.800.000 toneladas de concentrado de cobre que pretenden embarcar por este nuevo puerto. Además, la RCA autorizó el dragado de más de 830.700 mts3 de arena desde el fondo de la bahía, acción que moverá el fondo marino, levantando los metales pesados que en ella se encuentran en diferentes concentraciones y por consiguiente su posterior instalación en la columna de agua, situación de la que no se hace cargo la titular y aún menos de su efecto al momento del vertimiento en el lugar de disposición final que afectará las áreas de manejo de las caletas de pescadores del sector. Por su parte, también se autorizó el hincado de pilotes, proceso que genera una importante contaminación sonora, la que se evaluó en su impacto respecto de las personas pero no respecto de la fauna marina circundante. Finalmente, aducen que el proyecto producirá emisiones a la atmósfera de material particulado respirable, material particulado fino respirable, dióxido de azufre, óxido de nitrógeno y monóxido de carbono, lo que se contradice con el plan de descontaminación de Concón, Quintero y Puchuncaví recientemente aprobado.

Corresponde ahora que la reclamada informe sobre la materia requerida dentro del plazo de 10 días.

 

Vea texto íntegro del expediente Rol R-169-2017.

 

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