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Lo sostiene ex fiscal que impulsó juicio en su contra.

Sobre el indulto humanitario otorgado a Fujimori y posibilidades de anulación por el Tribunal Constitucional.

Se Invoca como precedente una sentencia dictada por el Tribunal Constitucional que le revocó el beneficio otorgado al ex directivo de América Televisión, Francisco Crousillat.

27 de diciembre de 2017

El ex fiscal que impulsó el juicio y posterior condena a Alberto Fujimori, por delitos de corrupción y violación de derechos humanos, sostiene que hay vicios procesales para presentar una acción de amparo y refutar el informe médico que favoreció su indulto.

Invoca como precedente una sentencia dictada por el Tribunal Constitucional que le revocó el beneficio otorgado al ex directivo de América Televisión, Francisco Crousillat, en 2011.

Cabe recordar que este fue indultado por presuntos problemas de salud, pero luego se descubrió que el proceso estuvo viciado por lo que se ordenó su regreso a prisión luego de que el TC anuló el indulto que le había sido concedido.

El ex fiscal no descarta además que paralelamente la Corte Interamericana de Derechos Humanos pueda pronunciarse.

La sentencia que en esa oportunidad dictó el Tribunal Constitucional dejó claro, señala el ex fiscal, que el ejercicio de la potestad discrecional del indulto está sujeta al marco constitucional y, como tal, debe respetar sus límites, por lo que resulta exigible un estándar mínimo de motivación que garantice que éste no se haya llevado a cabo con arbitrariedad. Además precisó que si bien el indulto genera efectos de cosa juzgada ello no obsta que pueda ser objeto de anulación en sede jurisdiccional, control que aunque no recae sobre la conveniencia o no del indulto, por tratarse de una materia reservada a la discrecionalidad del Presidente de la República, si puede revisarse en su constitucionalidad.

Crítica que el indulto a Fujimori fue tramitado con falta de transparencia, a espaldas de los familiares de las víctimas de los delitos por los cuales fue condenado y de la opinión pública, lo que ha impedido conocer cuál es el diagnóstico o cuadro clínico que lo afecta.

Representaría además un beneficio a futuro que impedirá seguir procesándolo por el Caso Pativilca, como se conoce al asesinato de seis pobladores cometido el 29 de enero de 1992 por el destacamento militar Colina, por el cual se amplió la extradición aprobada por Chile en febrero pasado, lo que llevó a que recién en julio último la fiscalía acuse a Fujimori, junto a Vladimiro Montesinos y ex miembros de las Fuerzas Armadas por ese delito, para quienes se pide 25 años de cárcel.

 

 

Reglamento de la Comisión de Gracias Presidenciales.

Vea sentencia del Tribunal Constitucional en el caso Crousillat López.

 

 

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