En forma unánime.
CS confirmó sentencia que acogió protección contra Cuerpo de Bomberos por sancionar disciplinariamente a voluntario sin entregar fundamentos.
El recurrente estimó que se vulneraría el derecho a la integridad psíquica.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel, que acogió la acción de protección deducida por un bombero contra el Cuerpo de Bomberos Metropolitano Sur, por haber sido sancionado disciplinariamente con la separación de la Compañía por un período de 181 días.
El recurrente estimó que se vulneraría el derecho a la integridad psíquica, ya que ha pertenecido a Bomberos por 30 años, comenzando por la brigada juvenil, ocupando distintos cargos de disciplina, dirección y administración. Asimismo, consideró conculcada la igualdad ante la ley, por cuanto el Consejo Superior de Disciplina del Cuerpo de Bomberos Metropolitano Sur no fundó su decisión de separarlo de la Compañía, careciendo de sus partes expositiva y considerativa, saltándose directamente a la parte resolutiva, la que no se hace cargo de ninguna de los argumentos de la denuncia, de su intervención ni de las pruebas aportadas, por lo cual fue sometido a un procedimiento que no cumple con los estándares mínimos, y que ningún otro bombero pasaría por este irregular procedimiento si no existiera una animosidad de separarlo.
En su sentencia, la Corte de San Miguel sostuvo en su oportunidad que el acto impugnado resulta ilegal desde que sus actuaciones no se han ajustado a los imperativos legales y resulta arbitrario al imponer una sanción sin fundamentos que la justifiquen, lo que en definitiva importa una vulneración a la garantía de igualdad ante la ley, ya que la actuación de la recurrida impide constatar que se le ha dado un trato igualitario en relación con sus pares.
Te puede interesar

Con voto en contra.
CS confirmó sentencia que rechazó protección deducida por un lonko contra Sebastián Piñera por utilizar su imagen en franja televisiva de las elecciones primarias presidenciales.

Con prevención.
CS confirmó sentencia que rechazó protección contra acuerdo conciliatorio en caso de colusión del papel tissue.

En forma unánime.
CS confirmó sentencia que rechazó protección contra empresa de cobranza por remitir correos electrónicos de cobro de deuda del Fondo Solidario de Crédito Universitario.

