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Derechos Humanos.

CIDH solicita a Estados Unidos de América suspender ejecución de Russell Bucklew.

La solicitud de medidas cautelares fue presentada en el contexto de una petición sobre la presunta violación de derechos reconocidos en la Declaración Americana.

20 de marzo de 2018

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicita a Estados Unidos de América suspender la ejecución de Russell Bucklew, la cual está programada para el 20 de marzo de 2018 en el estado de Misuri, y a otorgarle una reparación efectiva.
De acuerdo a la Comisión, Estados Unidos está sujeto a las obligaciones internacionales derivadas de la Carta de la Organización de Estados Americanos desde que se incorporó a la OEA en 1951. En consecuencia, la CIDH insta a Estados Unidos, y en particular al estado de Misuri, a respetar plenamente sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos.
Cabe señalar que la CIDH otorgó medidas cautelares para proteger la vida e integridad personal de Russell Bucklew el 20 de mayo de 2014. La solicitud de medidas cautelares fue presentada en el contexto de una petición sobre la presunta violación de derechos reconocidos en la Declaración Americana. A través de las medidas cautelares, la Comisión solicitó a Estados Unidos abstenerse de ejecutar la pena capital hasta tanto la CIDH tuviera la oportunidad de decidir sobre los reclamos de la peticionaria respecto de las alegadas violaciones de la Declaración Americana.
El 21 de julio de 2014 la CIDH decidió que el caso era admisible. El 18 de marzo de 2018 la Comisión Interamericana adoptó el Informe No. 28/18 sobre el fondo del caso y concluyó que Estados Unidos es responsable por la violación de los derechos previstos en los artículos I, XVIII, XXV y XXVI de la Declaración Americana, respecto de Russell Bucklew. La Comisión Interamericana concluyó que Estados Unidos no proyevó a Russell Bucklew un acceso efectivo a la protección judicial respecto de su derecho a no ser torturado ni sometido a castigos crueles e inhumanos en el contexto de la aplicación de la inyección letal como método de ejecución, entre otras conclusiones.
La Comisión también estableció que los más de 20 años que Russell Bucklew ha permanecido en el corredor de la muerte, exceden ampliamente el tiempo que otros tribunales internacionales y nacionales han caracterizado como tratamiento cruel, inhumano y degradante.
Estados Unidos tiene 24 horas para informar sobre las medidas adoptadas para cumplir con las recomendaciones realizadas por la CIDH. La Comisión Interamericana insta al Estado a asegurar el cumplimiento total con todas las recomendaciones y de esta forma reparar la violación de los derechos fundamentales de Russell Bucklew. El estado de Misuri, en caso de ejecutarlo, estaría cometiendo una seria e irreparable violación de los derechos básicos a la vida y a no ser sometido a tratos crueles, inhumanos y degradantes reconocidos en los artículos I y XXVI de la Declaración Americana.
La CIDH reitera además que el incumplimiento de las medidas cautelares contraviene gravemente las obligaciones internacionales de Estados Unidos dado que va en detrimento de la eficacia de los procedimientos de la Comisión.

 

Vea texto íntegro del documento

 

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