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Dirección del Trabajo actuó dentro de sus facultades.

Juzgado Laboral confirma multa a empresa de ascensores por no pagar semana corrida a trabajadores.

El Tribunal rechazó en todas sus partes el reclamo interpuesto por la empresa Ascensores Schindler S.A. para dejar sin efecto la sanción.

2 de agosto de 2018

El Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago confirmó la multa aplicada por la Inspección Comunal del Trabajo de Providencia a la empresa Ascensores Schindler S.A. por no pagar el beneficio de la semana corrida a empleados.
La sentencia sostiene que conforme a la presunción legal de veracidad que beneficia al servicio, entonces corresponde analizar si las probanzas rendida por la reclamante son suficientes para desvirtuar la presunción que obra en favor del servicio. En tal sentido, la prueba de la reclamante se reduce a la incorporación de la misma acta de constatación de hechos en terreno, la que no entrega más información que la ya consignada precedentemente; la copia de la resolución de multa y de la resolución reclamada; las que evidentemente no tienen capacidad probatoria para revertir la presunción aludida. Se incorporó el escrito de solicitud de reconsideración, que es el mismo escrito que ya resolvió el ente administrativo reclamado; finalmente las copias de envío, lo que es inepto para la acreditación que se exigía a la reclamante.
La resolución agrega que lo anterior es toda la prueba rendida por la reclamante la que se muestra insuficiente, carente de toda posibilidad de desvirtuar la presunción que obra en favor del servicio, en el sentido de que la remuneración variable obtenida por los trabajadores que aparecen en la resolución de multa se devenga día a día por lo que genera el beneficio de semana corrida.
Por último concluye que las probanzas rendidas por el servicio no varían lo recientemente referido, toda vez que son el expediente que confirma lo actuado en forma correcta por dicho servicio.

 

Vea texto íntegro de la sentencia

 

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