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En fallo unánime.

Corte de Santiago ordenó a banco cesar cobro por uso fraudulento de tarjeta de crédito en el exterior.

El Tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario e ilegal de la entidad bancaria al cobrar a la recurrente el monto defraudado.

2 de enero de 2019

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió recurso de protección y ordenó al Banco Santander restituir los fondos descontados a clienta que fue víctima de uso fraudulento de su tarjeta de crédito en Italia.
La sentencia sostiene que luego de consumada la defraudación, el Banco Santander, para exonerarse de responsabilidad, debe probar que ésta ocurrió por descuido del cuentahabiente o de sus dependientes, que con su actuar dieron lugar a la compra con la tarjeta de crédito en el extranjero, ya que, es quien tiene el control de los mecanismos que le permiten hacer un seguimiento informático a las operaciones a través de controles implantados en los software especializados con los que cuentan, de modo que la negligencia incumbe demostrarla a quien la alegue.
La resolución agrega que resulta arbitrario e ilegal, las conductas de cobro desplegadas por el Banco Santander en contra de la recurrente, en tanto importan su renuencia respecto de los fondos de la tarjeta de crédito, contratada por la recurrente, conculcándose con ello, el derecho de propiedad previsto en el artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República, sobre los dineros y crédito, por lo que, el Banco recurrido deberá cesar en el cobro de $1.227,19 dólares americanos, y que obedecen a los fondos sustraídos sin su consentimiento, por medio de su tarjeta de crédito Master Card N° XXXX-8383, por lo que, la acción de protección será acogida, sin perjuicio de las acciones judiciales que el Banco Santander pueda ejercer en contra de los responsables del fraude.

 

Vea texto íntegro de la sentencia

 

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