Diario Constitucional

En fallo unánime.

CS condena a hospital clínico a pagar indemnización por intervención quirúrgica innecesaria.

El máximo Tribunal confirmó la resolución impugnada que estableció falta de servicio del establecimiento al realizar una segunda intervención quirúrgica, para la extracción de dispositivo que no había sido colocado.

Por Redacción·19 de febrero de 2019·1 min de lectura
CS condena a hospital clínico a pagar indemnización por intervención quirúrgica innecesaria.
Referencial

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó al Hospital Clínico de la Universidad de Chile a pagar una indemnización de $2.000.000 a paciente que fue sometida a intervención quirúrgica que no requería.

La sentencia, causa rol 3.667-2018, sostiene que, sin perjuicio que lo reseñado es suficiente para desechar el arbitrio, resulta imperioso reflexionar acerca de la denuncia de infracción del artículo 38 de la Ley N° 19.966, en relación al error de derecho que la parte recurrente atribuye a la sentencia impugnada, esto es, la improcedencia de resolver el conflicto sobre la base del régimen común de responsabilidad extracontractual.

La resolución agrega que cabe decir que aun de resultar acertado tal reproche, éste carece de influencia en lo dispositivo del fallo. En efecto, dados los razonamientos que se han expuesto, esta Corte comparte la decisión de acoger la demanda indemnizatoria, puesto que de todas formas el demandado es responsable por el actuar ilícito que se le atribuye, al someter a la paciente a un procedimiento médico de extracción de un aparato que no fue colocado en su cuerpo, según se analizó precedentemente, en tanto aquella conducta sólo fue consecuencia de registrar erróneamente su instalación en el primer procedimiento practicado a la actora.

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