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Moción.

Presentan proyecto de ley que busca modificar la Ley 18.010 con el objeto de reducir el incremento para el cálculo de la tasa máxima convencional.

El objetivo principal del proyecto ingresado por diputados es reducir la tasa máxima de interés convencional.

19 de diciembre de 2019

La Moción busca modificar la Ley N° 18.010, que Establece normas para las operaciones de crédito y otras obligaciones de dinero que indica, con el objeto de reducir el incremento para el cálculo de la tasa máxima convencional. Este cuerpo legal en su artículo 1 regula a aquellas operaciones “por las cuales una de las partes entrega o se obliga a entregar una cantidad de dinero y la otra a pagarla en un momento distinto de aquel en que se celebra la convención”
Por otro lado, se advierte que la Ley N° 18.010 constituye una manifestación del dirigismo contractual como forma para terminar con los abusos de la adhesión. El carácter de contrato dirigido se puede observar claramente en las normas prohibitivas que establece la Ley N° 18.010, el legislador se preocupó fundamentalmente de regular los intereses, puesto que era una materia sensible que pudiera dar lugar a abusos si es que no se establecían límites.
Otro punto abordado es la consideración de la tasa máxima convencional como un límite a la autonomía de la voluntad de las partes, la cual deriva de la necesidad de establecer remedios contra la adhesión en contratos de mutuo que generan un acentuado desequilibrio en las prestaciones recíprocas de las partes, dada la asimetría entre ellas. En efecto, mientras el mutuante da en préstamo una determinada cantidad de dinero, el mutuario se obliga a pagarla en un lapso de tiempo, con un monto adicional al capital, constituido por el interés. Esta suma podría ser cualquiera que estipularen las partes, de no estar vigente la Ley N° 18.010; no obstante, este último cuerpo legal constituye el mencionado límite a la autonomía de la voluntad de las partes, estableciendo un tope para el interés, que es lo que se denomina interés máximo convencional.  A continuación, la Ley establece una sanción para el caso de estipularse una tasa de interés que exceda a la máxima permitida.
Con el fin de avanzar en la materia, la iniciativa busca rebajar las todavía altas tasas de interés máxima que pueden cobrar los bancos y demás instituciones financieras en Chile a las personas por créditos que puedan solicitarles. Esto afecta, en gran medida, a los créditos de más bajo monto, que con el argumento de ser más riesgosos, son objeto de una tasa de interés máxima convencional superior que otras operaciones de mayores montos. En definitiva, los spreads bancarios, esto es, la diferencia entre las tasas de colocación y captación, favorecen mucho más a la industria financiera en el caso de las personas que solicitan menos montos, que coinciden, en general, con quienes tienen menos recursos. Esto sin duda constituye un argumento sólido que permite fundar la presente propuesta, en el sentido de rebajar las tasas de interés máxima convencional.
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados.

Vea texto íntegro del Boletín Nº 13.117-03.

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