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Con voto en contra.

CS declara admisible protección en contra de AFPs frente a negativa de entregar fondos de capitalización individual a recurrente que los solicitó para cubrir gastos médicos de su hijo.

Recurrente estimó vulnerado su derecho de propiedad y el derecho a la vida de su hijo.

1 de enero de 2020

Con fallo dividido, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago y en su lugar declaró admisible protección deducida por afiliada en contra de las Administradora de Fondos de Pensiones Habitat S.A. y Modelo S.A., frente a su negativa a entregar fondos de sus cotizaciones previsionales.

La presentación de la actora señala, que la solicitud de entrega de los fondos de capitalización individual responde a la necesidad que mantiene en estos momentos para abordar los gastos médicos derivados de la condición de su hijo, quien padece una rara enfermedad denominada Síndrome Mielodisplásico Hipoplásico con alto riesgo citogénico. Frente a ello, la Corte de Apelaciones de Santiago declaró inadmisible el recurso al señalar que las peticiones contenidas en el libelo de la recurrente refieren a materias que exceden el marco establecido para la acción de protección de garantías constitucionales.

Por su parte, la Corte Suprema resolvió que de los antecedentes contenidos en la causa refieren hechos que pueden constituir eventuales vulneraciones a garantías fundamentales, por lo cual debe ser acogido a tramitación. La decisión fue acordada con el voto en contra del abogado integrante Sr. Lagos, quien estuvo por confirmar el fallo de alzada en virtud de sus propios fundamentos.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia Corte Suprema Rol N° 33.633-2019Corte de Apelaciones de Santiago Rol N° 164.826-2019.

 

 

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