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Proyecto en Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.

Se presenta en el Senado proyecto de ley que busca dar atribuciones al Ministerio Público el ejercicio de la acción penal por delitos tributarios o contra la libre competencia.

El proyecto fue presentado por el Diputado Cruz-Coke.

12 de enero de 2020

Con fecha 02 de julio se presenta moción en la Cámara de Diputados, ingresado como Boletín Nº 13118-07, presentando proyecto de ley que busca modificar diversos tipos penal a fin de que el Ministerio Público el ejercicio de la acción penal por los delitos relacionados a libre competencia y delitos tributario, sin necesidad de denuncia o querella de parte de los órganos administrativos competentes.
La Ley 20.945, introdujo importantes cambios a la regulación de competencia, como los realizados en la tipificación del ilícito de colusión, donde se introdujo el estándar per se para sancionar carteles duros, bastando sólo acreditar la existencia del acuerdo, con independencia del poder de mercado de sus partícipes y de los efectos anticompetitivos; pero mantuvo la acción penal solo para el Fiscal Nacional Económico.
El proyecto de ley consta de tres artículos, que tienen por finalidad ponerle fin al sistema excepcional de inicio de investigaciones penales, para que los delitos tributarios y contra la libre competencia que derivan en responsabilidad penal queden sujetos a las normas generales que establece el Código de Procedimiento Penal.
En la propuesta se mantiene la atribución del Fiscal Nacional Económico y del Director del Servicio de Impuestos Internos para querellarse por delitos contra la libre competencia y la colusión, no se condiciona el inicio de una investigación penal a estas querellas, por lo que será aplicable la normativa general en materia de persecución penal, quedando habilitado el Ministerio Público a iniciar de oficio una investigación, así como a formalizar la misma y realizar acusaciones, sin que para esto sea necesario que hayan querellas o denuncias por parte de estos organismos.

 

Vea texto íntegro del Boletín Nº 13118-07.

 

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