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Por unanimidad.

Corte Suprema confirmó sentencia que rechazó protección deducido por sociedad contra Juez del Juzgado de Cobranza Laboral de Concepción por rechazar objeción a liquidación de deuda en juicio ejecutivo.

La Corte de Concepción indicó que, no aparece lógico que por esta vía se adopten decisiones de índole jurisdiccional que supongan la modificación de aquellas que han tomado los tribunales.

27 de febrero de 2020

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción y rechazó un recurso de protección deducido por la sociedad Áridos del Laja S.A. contra la Juez del Juzgado de Cobranza Laboral de Concepción por rechazar objeción a liquidación de deuda en juicio ejecutivo.

En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de la Juez del Juzgado de Cobranza Laboral de Concepción por haber rechazada la objeción en un juicio ejecutivo deducido por la parte recurrente a la liquidación de una deuda cuyo título ejecutivo supuestamente sería un certificado que emitió la contraparte.

La recurrente estimó vulnerada su garantía del artículo 19 de la Constitución numeral 19 N° 24.

La Corte de Apelaciones de Concepción indicó en su sentencia que, no aparece lógico que por esta vía se adopten decisiones de índole jurisdiccional que supongan la modificación de aquellas que han tomado los tribunales a quienes se les requirió su intervención, en procesos como el que se indicó, que importan controversia; no siendo, en consecuencia, la vía idónea al efecto.

El fallo agregó que, por lo demás, la naturaleza propia de la acción de protección y el procedimiento inquisitivo dispuesto para su tramitación, determinan que no sea procedente este arbitrio para revisar la procedencia o improcedencia de lo actuado en un juicio en cuyo marco se dictó la resolución que, por esta vía, se pretendió impugnar. Razones por las que se rechazó el recurso de protección.

La Corte Suprema por su parte, confirmó la sentencia apelada.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la  Corte Suprema ROL 15070-2020 y de la Corte de Apelaciones de Concepción en causa ROL P-49246-2019

 

 

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