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Moción.

Presentan proyecto de ley que busca establecer mayores requisitos a las operaciones financieras que impliquen endeudamiento juvenil o responsabilidad patrimonial de los padres.

El objetivo principal del proyecto ingresado es evitar el sobreendeudamiento juvenil.

15 de marzo de 2020

La Moción busca establecer mayores solemnidades para la suscripción de contratos de operaciones de crédito y cuenta corriente, como el requisito de suscribir una operación de crédito de dinero o un contrato de cuenta corriente bancaria mediante instrumento privado autorizado por un Notario Público en aquellos casos en que el suscriptor sea un joven de entre 18 y 25 años o se requiera lo constitución de una garantía especifica para dicha obligación que es asumida por alguno de sus padres o abuelos.
El proyecto de ley señala que existe hoy una cifra alarmante relativa al sobre endeudamiento juvenil, situación que en casi la generalidad de los casos termina por golpear a las familias y muy comúnmente a los padres de dichos jóvenes. Efectivamente, la 8va Encuesta Nacional de la Juventud desarrollada por el Instituto Nacional de la Juventud, detectó que un 36% de los jóvenes de entre 20 y 24 años y un 55% de los jóvenes de entre 25 y 29 años se encuentran endeudados. Por su parte, la ex Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF), actual Comisión para el Mercado Financiero (CMF), reportaba en su informe sobre endeudamiento del año 2018, que al menos un 17% de los jóvenes menores de 30 años presentaba una deuda superior al 50% de su renta. En este mismo tramo etario, un 6% es titular de deuda impaga que genera cobranza judicial u otra clase de procedimientos.
Con el fin de avanzar en la materia, la iniciativa busca reformar dos cuerpos legales: la Ley n° 18.010 sobre operaciones de crédito de dinero y la Ley n° 19.496 sobre protección de los derechos de los consumidores, con el objetivo de establecer mayores formalidades respecto de operaciones que impliquen endeudamiento juvenil, esto es, la contratación de servicios de mutuo y de cuenta corriente por parte de jóvenes de entre 18 y 25 años, o responsabilidad patrimonial de los padres y ascendientes de los jóvenes que acceden a estos productos y servicios. Además, otorga el sello SERNAC a las instituciones financieras que den cumplimiento a las exigencias establecidas para ellas.
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo de la Cámara de Diputados.

Vea texto íntegro del Boletín Nº 13101-07.

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