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Juzgado Civil condena al Fisco a pagar indemnización por desaparición de grupo familiar.

El Tribunal acogió la demanda de indemnización por daño moral, tras establecer que la detención y desaparición de los familiares de Juan Francisco Recabarren Durán, constituye un crimen de lesa humanidad.

8 de junio de 2020

El Décimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago condenó al Fisco a pagar una indemnización total de $80.000.000 a demandante por la desaparición de su padre, dos hermanos y una cuñada, quienes fueron detenidos por agentes de la Dina en abril de 1976.

La sentencia indica que las conductas descritas dan cuenta indefectiblemente de la comisión de actos ilegales y arbitrarios, que afectan lo más esencial de los seres humanos, como la vida, la libertad y dignidad y que por su extensión y alcance trascienden al propio individuo, afectando a la humanidad toda, y por tanto se encuadran en el concepto de delito de lesa humanidad.

Agrega que seguidamente, pese a tratarse de un hecho no controvertido por la defensa fiscal, esta sentenciadora estima procedente acreditar la relación filial -de padre, hermano y cuñado- existente entre los detenidos desaparecidos y el actor de marras, en especial consideración del daño moral alegado en razón del vínculo familiar existente entre ellos, vínculo que se da por acreditado amén de los certificados de nacimiento y matrimonio acompañados.

Para el Tribunal, en la especie los perjuicios sufridos por el actor se refieren al daño moral, en su más amplia concepción, que comprende ya el dolor o sufrimiento físico o emocional como el que alega aquel, así como también incluye -según el desarrollo doctrinal- las pérdidas de agrado o de goce y aun de oportunidad, como puede colegirse del relato que fluye de la testimonial rendida en autos, donde los tres testigos presentados por el demandante estuvieron contestes en aseverar y describir los padecimientos sufridos por el Sr. Juan Francisco Recabarren Durán, que a la fecha de los sucesos tenía la edad de 18 años, padecimientos que se extendieron por los años al desconocer el paradero y destino final de su padre, hermanos y cuñada, que por supuesto dan cuenta del vínculo causal entre los hechos delictivos acreditados y el daño padecido por la familia del detenido desaparecido, puesto que de no mediar lo primeros jamás se habrían producido los segundos.

Que en efecto –prosigue–, las secuelas que el hecho ilícito primigenio consistente en la desaparición forzada de su padre y familiares, aparecen como consecuencia directa, natural y lógica de lo vivido por un familiar cercano, detención ilegal, tortura física, psíquica, desaparición forzada, todos hechos que indudablemente afectan de sobremanera la vida de cualquier persona, provocando entre otras cosas, trabas para la estabilidad emocional familiar y social, circunstancias acreditadas por los antecedentes tenidos a la vista, en particular los informes sociales acompañados a la carpeta electrónica, el texto de las sentencias reseñadas y de la testimonial aludida.

Por tanto, se resuelve:

«Que se acoge la demanda de fecha 12 de octubre de 2019, en cuanto se declara que el demandado es responsable civilmente por los hechos de que fue víctima por rebote don Juan Francisco Recabarren Durán, consistente en la detención y desaparición de su padre Manuel Segundo Recabarren Rojas, sus hermanos Luis Emilio y Manuel Guillermo, ambos Recabarren González y su cuñada Nalvia Rosa Mena Alvarado, acaecidas en entre abril y agosto del año 1976, y se condena al Fisco a pagar al actor la suma de $80.000.000 (ochenta millones de pesos) por concepto de indemnización de perjuicios por daño moral».

 

Vea texto íntegro de la sentencia del 17º Juzgado Civil de Santiago ROL C-30503-2019

 

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