Diario Constitucional

Carga de la prueba.

Pretenden inaplicabilidad de norma del CPC que exige al demandado probar no haber sido notificado en juicio ejecutivo por cobro de pagaré.

La gestión pendiente incide en autos sobre cobro de pagaré, en actual conocimiento de la Corte de Santiago, por recurso de apelación de incidente.

Por Redacción·11 de agosto de 2020·2 min de lectura
Pretenden inaplicabilidad de norma del CPC que exige al demandado probar no haber sido notificado en juicio ejecutivo por cobro de pagaré.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 80 del Código de Procedimiento Civil.

El precepto impugnado establece, en lo que interesa al recurso, que “Si al litigante rebelde no se le ha hecho saber en persona ninguna de las providencias libradas en el juicio, podrá pedir la rescisión de lo obrado, ofreciendo acreditar que, por un hecho que no le sea imputable, han dejado de llegar a sus manos las copias a que se refieren los artículos 40 y 44, o que ellas no son exactas en su parte substancial. Este derecho no podrá reclamarse sino dentro de cinco días, contados desde que aparezca o se acredite que el litigante tuvo conocimiento personal del juicio.”

La gestión pendiente incide en autos sobre cobro de pagaré, en actual conocimiento de la Corte de de Santiago, por recurso de apelación de incidente, en los que la requirente fue demandada en juicio ejecutivo por cobro de pagaré por el Banco Santander.

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