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Caso Congo c. Bélgica.

Tribunal Europeo de Derechos Humanos declara inadmisible denuncia del Congo por no tener legitimación activa.

Un Estado no miembro no puede recurrir al TEDDHH.

3 de noviembre de 2020

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos declaró inadmisible denuncia de la República del Congo, ya que acorde a la Convención Europea de Derechos Humanos, solo los Estados Firmantes, personas naturales y organizaciones no gubernamentales tiene legitimidad activa para presentar un caso ante el Tribunal.

Acorde al artículo 33 sobre casos entre estados y el artículo 24 sobre denuncias individuales, la Convención no autoriza a un Estado no miembro a presentar una denuncia contra un Estado Miembro.

El caso expuesto dice relación con la denuncia que realizó Congo en contra de Bélgica, conforme no estaba de acuerdo con la jurisprudencia de la Corte de Apelaciones de Bruselas y la Corte Suprema de ese país, que determinó el período de inicio de la prescripción de acciones civiles; argumentando que se había vulnerado el artículo 6 § 1, derecho a un juicio justo y del articulo 13 sobre el derecho al recurso de la Convención.

 

Vea texto íntegro de la sentencia (en francés) del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Caso Congo c. Bélgica.

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