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Imagen: lavozdelnorte.cl
Contaminación acústica.

Presentan ante el Primer Tribunal Ambiental demanda por daño ambiental causado por instalación de torres de alta tensión en La Serena.

Alegan que la gravedad y significancia del daño ambiental generado por la contaminación acústica lo torna muy probablemente como irreparable o al menos de muy difícil reparación

8 de marzo de 2021

Se ha presentado ante el Primer Tribunal Ambiental una demanda por daño ambiental, en contra de InterChile S.A, titular del “Plan de Expansión Chile LT 2X500 Kv Cardones-Polpaico”.

Cabe hacer presente que el proyecto consiste en una ínea de transmisión eléctrica de alto voltaje (500 kV) en doble circuito y las subestaciones que permiten modificar el nivel de tensión necesarias para su interconexión al Sistema Interconectado Central (SIC).  El lote o tramo 2 denominado Maitencillo-Pan de Azúcar, va desde la nueva subestación Maitencillo, hasta una nueva subestación Pan de Azúcar, en el radio aproximado de 16 km de la subestación Pan de Azúcar existente, ubicada en Coquimbo.

Los demandantes señalan que el grave y significativo daño ambiental consiste en n la exposición ilegal y arbitraria de los y las vecinas de las comunidades que represento, y de cientos de habitantes del Sector Altovalsol y el Romero, en la comuna de La Serena, Región de Coquimbo, a niveles de ruido que han afectado su forma de vida, integridad síquica y física, salud, propiedad y a los servicios ecosistémicos que proveía el lugar.

En particular, señalan que desde el 2018, se inició la fase de instalación de las torres en la Región de Coquimbo, en el sector de Los Nogales, La Serena; sector donde residen los demandantes. Al respecto alegan que desde el inicio de las obras los habitantes del sector interpusieron las correspondientes denuncias ante la Superintendencia de Medio Ambiente relativas a la generación de altos niveles de emisión de ruido audible, inconsistentes con las predicciones estimadas en su Resolución de Calificación Ambiental, así como trasgresoras con la normativa vigente en la materia, sosteniendo afectación grave y significativa a su vida, salud, propiedad y servicios ecosistémicos que provee el lugar a los ciudadanos que moran y habitan y/o realizan su industria en él.

Enseguida, arguyen que el titular entregó información falsa, incompleta y adulterada al evaluador ambiental el cual, de manera negligente, asimilable al dolo, amparó infracciones y omisiones graves a la normativa ambiental, lesiva para los intereses y derechos de los demandantes y que, de no mediar estas, habrían devenido en el rechazo del permiso ambiental concedido o la implementación de medidas adecuadas.

Luego, entre los hechos constitutivos de afectación, señalan como tales el incumplimeinto de los compromisos de monitoreo asumidos en materia de ruidos y, la superación de los niveles máximo permisibles de presión sonora corregida para Zona Rural en horario diurno y nocturno.

Por su parte, alegan que la gravedad y significancia del daño ambiental generado por la contaminación acústica lo torna muy probablemente como irreparable o al menos de muy difícil reparación, pues se trata de una afectación de efectos permanentes mientras las Torres de Alta Tensión continúen funcionando. Lo anterior ha derivado en el desplazamiento a otros lugares de muchas personas, quienes no han soportado la situación de contante ruido, y han tenido que rematar a precios irrisorios sus viviendas, terrenos y/o lotes.

Igualmente, el daño es grave y significativo debido atendido que residen en el lugar de la afectación, según se acreditará, adultos; adultos mayores y niños con preexistencias y/o enfermedades crónicas, que ven agravadas sus condiciones, por el zumbido intenso generado por 6 torres de transmisión eléctrica, de aproximadamente 60 metros de altura, así como de sus líneas asociadas, ingenios que se encuentran a 70 metros de la casa más cercana del sector.

De esta manera, se solicita al 1TA declarar que el demandado ha causado grave y significativo daño ambiental consistente en la exposición ilegal y arbitraria de los vecinos de las comunidades aledañas al proyecto, y de cientos de habitantes del Sector Altovalsol y el Romero, en la comuna de La Serena, a niveles de ruido que han afectado su forma de vida, integridad síquica y física, salud, propiedad y a los servicios ecosistémicos que proveía el lugar.

 

Vea texto íntegro de la demanda, Rol N° D-9-2021.

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