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Imagen: Dercocenter
Ley de Tránsito.

Proyecto de ley establece el uso obligatorio de cámaras de seguridad en vehículos particulares.

Los accidentes de tránsito se producen por tres principales causas; el factor vehicular, humano y ambiental.

29 de junio de 2021

La moción, patrocinada por las Diputadas Jenny Alvarez y Pamela Jiles, y los Diputados Iván Flores y Félix González, modifica la Ley de Tránsito para establecer el uso obligatorio de cámaras de seguridad en vehículos particulares.

Los autores de la moción explican el proyecto de ley tiene su origen en una idea que proviene de jóvenes que participaron en la iniciativa “Delibera”. Señalan que esta surge entre los años 2005 y 2009, en una alianza entre la Biblioteca del Congreso Nacional (“BCN”) y el Banco Interamericano de Desarrollo (“BID”), que realizó una investigación cualitativa con la finalidad de describir prácticas y valoraciones de jóvenes secundarios chilenos, a partir de su desinterés y desencanto en la participación política.

Agregan que es en ese contexto que, en el año 2008, nace la iniciativa “Delibera” de la mano de BCN, la cual buscó generar un espacio de escucha y expresión de identidad de los jóvenes, de un modo que les resultase atractivo. Y así, en el año 2018, Delibera premió a los estudiantes del Colegio Marina de Chile de la comuna de Concepción por su iniciativa denominada “Ley que establece el uso obligatorio de cámaras de seguridad en vehículos particulares”.

Añaden que los fundamentos de la propuesta dicen relación con los costos humanos y económicos generados a partir de los accidentes de tránsito ocurridos entre los años 2014 y 2017, de acuerdo a las cifras entregadas por la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

En ese sentido, la iniciativa sostiene que los accidentes de tránsito se producen por tres principales causas, a saber, el factor vehicular, humano y ambiental, siendo el componente humano el de mayor preponderancia.

En razón de lo anterior, el proyecto propone implementar una nueva tecnología basada en la instalación de cámaras al interior de los vehículos motorizados, con la finalidad de entregar un medio de prueba que permita sancionar a los responsables de este tipo de accidentes.

Para ello modifica la Ley de Tránsito, introduciendo diversas enmiendas, entre ellas, incorpora el numeral 11 al artículo 75:

“11. Cámara de seguridad situada en una posición estable que no impida la visibilidad y que cuente con un sistema de protección de los datos en caso de choque o daño de la cámara y que cumplan con los demás requisitos que el reglamento determine.

La cámara de seguridad no podrá ser manipulada durante la conducción del vehículo.

La cámara solo deberá captar material audiovisual cuando el vehículo se encuentre en circulación y su divulgación se sujetará a lo dispuesto en la Ley de Protección de Datos Personales.

Un Reglamento dictado por el Ministerio de Transporte determinará los estándares técnicos y condiciones de instalación, funcionamiento y uso de las cámaras de seguridad”.

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis en Boletín N° 14.330-15.

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