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El proceso constitucional no ha concluido.

Proyecto de reforma constitucional consagra a Chile como un Estado Social y Democrático de Derecho.

Existe el deseo común de transitar hacia una nueva propuesta de Constitución que otorgue soluciones a los principales anhelos de los ciudadanos y que sea representativa de los valores democráticos.

17 de octubre de 2022

La moción, patrocinada por los Senadores Pedro Araya, Fidel Espinoza, Rodrigo Galilea, Matías Walker y la Senadora Ximena Rincón, modifica la Carta Fundamental con el objeto de consagrar el Estado Social y Democrático de Derecho.

Los autores del proyecto de reforma constitucional señalan que el proceso constituyente comenzó el año 2020 con un plebiscito de entrada que entregó claros resultados: Los chilenos y chilenas requerían de una nueva Constitución, redactada en democracia y que reconociera las demandas históricas de los distintos grupos sociales, junto con la consagración de un Estado Social democrático, que ampliara considerablemente los derechos fundamentales, su respeto y defensa.

Exponen que, sin perjuicio de lo anterior, este proceso no pudo culminar con la propuesta entregada por la Convención Constitucional, pues el texto no reconocía todas las demandas o no lo hacía de forma en que la ciudadanía quedara satisfecha. Fue así como el 4 de septiembre del presente año, el 62% de la población rechazó la redacción propuesta, lo que por muchos sectores ha sido reconocido como un impulso a trabajar en un texto constitucional ampliamente reconocido para todas y todos.

Explican que existe el deseo común de transitar hacia una nueva propuesta de Constitución que reconozca la realidad nacional; que otorgue soluciones a los principales anhelos de los ciudadanos y que sea representativa de los valores democráticos. Por lo anterior, indican que los principales aspectos que hay que considerar en una nueva Carta Fundamental, deben necesariamente comenzar con pilares básicos:

En primer lugar, explican, el principio fundante de las sociedades modernas es reconocer a toda persona natural investida con dignidad y libertad, y otorgando la garantía de que para el Estado estas serán iguales y, por tanto, regirá entre ellas el principio de igualdad.

En segundo lugar, coinciden en establecer a Chile como un Estado Social y Democrático de Derecho. Esto se centra en la protección de los derechos sociales, y busca reforzar y ampliar el ejercicio de los derechos políticos y de participación. Asimismo, establece la base social en la cual los ciudadanos, los órganos estatales y toda persona, deben desenvolverse en la vida nacional, teniendo como sustento una estructura jurídica y social que propenda a la protección de la persona y sus derechos. Para el cumplimiento de lo anterior, es esencial que el Estado y sus órganos, así como las personas, individual o colectivamente consideradas asuman un rol coordinador y colaborador en el cumplimiento de sus fines.

En tercer lugar, exponen que el constitucionalismo democrático se construye a partir de la idea de que el poder político reside en el pueblo, entendido éste como el conjunto de todas las personas titulares de derechos políticos, sin exclusión ni preferencia alguna. De esta manera, Chile debe plasmar en un nuevo pacto social que nos represente y considere a todos en dignidad e igualdad.

Finalmente, señalan que el Estado está al servicio de las personas; es su deber contribuir para el desarrollo integral de todos y todas, y la forma de promover y limitar su actuación será con apego irrestricto a los derechos humanos consagrados en Chile y en los tratados internacionales ratificados y que se encuentran vigentes.

En definitiva, estiman que el proceso constitucional no ha concluido, por lo que el proyecto de reforma constitucional, a través de un artículo único, reemplaza el artículo 1° de la Constitución por el siguiente:

Artículo 1°. – La dignidad de las personas es anterior al Estado, siendo su deber principal protegerlas en cuanto nacen libres e iguales en dignidad y derechos, así como promover el bien común.

Chile es un Estado Social y Democrático de Derecho. Las personas, individual o colectivamente y los órganos del Estado contribuirán a su desarrollo para garantizar la libertad y justicia en el orden social.

Es deber del Estado asegurar el desarrollo integral de las personas en todas sus dimensiones, personal y familiar, con igualdad de oportunidades y sin discriminaciones, al servicio del bien común de la Nación.

Los valores esenciales del Estado son la democracia, la libertad, el principio de solidaridad, la igualdad de oportunidades, descentralización territorial, política y económica, y una adecuada participación paritaria en la vida nacional.

El Estado respeta, ampara y promueve los diferentes tipos de familia como núcleo fundamental de la sociedad. Asimismo, el Estado respeta, ampara y promueve la asociatividad de las personas en el cumplimiento de sus fines y la búsqueda de su desarrollo y felicidad.

La acción del Estado y de toda persona, asociación o grupo está limitada por los derechos humanos consagrados y reconocidos en esta Constitución y en los Tratados Internacionales suscritos y ratificados por Chile, siendo base y atributo esencial del ser humano, sustento de la vida en paz y la justicia social.”.

El artículo que se propone reemplazar establece lo siguiente:

Artículo 1°. – Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos.

La familia es el núcleo fundamental de la sociedad.

El Estado reconoce y ampara a los grupos intermedios a través de los cuales se organiza y estructura la sociedad y les garantiza la adecuada autonomía para cumplir sus propios fines específicos.

El Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común, para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible, con pleno respeto a los derechos y garantías que esta Constitución establece.

Es deber del Estado resguardar la seguridad nacional, dar protección a la población y a la familia, propender al fortalecimiento de ésta, promover la integración armónica de todos los sectores de la Nación y asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional.”.

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado.

Vea Boletín N°15417-07 y siga su tramitación aquí.

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