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270 días de presidio menor para los imputados.

Se confirma sentencia que condena a imputados por el maltrato animal de 25 cachorros.

En medio de la diligencia realizadas por el personal de aduana en virtud de una fiscalización de un vehículo sospechoso que intentaba ingresar al país, se encontró un total de 25 cachorros de distintas razas que provenían de Argentina y debían ser entregados a sus compradores en nuestro país

12 de diciembre de 2022

El día viernes 09 de Diciembre la Corte de Apelaciones de Valparaíso confirmó la sentencia dictada por el Juez de Garantía de Los Andes, que confirman los 270 días de presidio menor para los imputados por el delito de maltrato animal, en relación a los hechos descubiertos por funcionarios de nuestro país.

En medio de la diligencia realizadas por el personal de aduana en virtud de una fiscalización de un vehículo sospechoso que intentaba ingresar al país, se encontró un total de 25 cachorros de distintas razas que provenían de Argentina y debían ser entregados a sus compradores en nuestro país. Los canes se encontraban en situación de evidente maltrato, sin agua, sin comida, sin canales de respiración, además de venir cubiertos de fecas y pulgas, estando hacinados en grupos de 3 dentro de jaulas diseñadas para un solo animal, lo que derivó en la muerte de dos de ellos.

Los cachorros, seis de raza Bulldog Francés, cuatro de raza Bulldog Inglés, ocho de raza Pomerania, cinco de raza Pitbull, uno de raza Daschshund y uno de raza Maltés, fueron avaluados en la suma de $15.000.000.

Al haber tomado conocimiento de estos hechos, en febrero del año 2021 Fundación Abogados Por Los Animales, presentó una querella para perseguir la responsabilidad de los tres imputados por el delito de maltrato animal.

Así las cosas, el Juzgado de Garantía condenó a la pena de 270 días de presidio menor en su grado mínimo, la suspensión para cargos y oficios públicos mientras dura la condena, y a la multa de diez 10 unidades tributarias mensuales, lo cual fue confirmado por la Corte de Apelaciones al rechazar un recurso de nulidad intentado por la defensa de los imputados.

La Corte indicó que lo que sanciona el inciso primero del artículo 291 bis son actos de maltrato y crueldad, sin exigir algún resultado, por lo que basta únicamente la ejecución de la conducta requerida por el tipo penal: la comisión de actos de maltrato y crueldad.

 

Vea sentencia y querella.

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