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Imagen: Superintendencia de Medio Ambiente
RILes.

Superintendencia del Medio Ambiente ordena medidas provisionales contra empresa por operación deficiente de aguas residuales.

Los residuos líquidos industriales han formado un lago de más de 1,5 hectáreas.

3 de junio de 2023

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), en cumplimiento a su deber de protección al medio ambiente, ordenó la aplicación de medidas provisionales pre procedimentales en contra de la empresa Transportes Petromax SpA, por operar deficientemente los residuos líquidos industriales (RILes), en su proyecto “Áridos Petromax”, ubicado en la comuna de Curicó.

La institución concurrió a fiscalizar el proyecto, que consiste en una planta de procesamiento de áridos que lleva a cabo, entre otras operaciones, el chancado, selección y lavado de material extraído desde el cauce del Río Lontué, advirtiendo la “presencia de una sustancia de coloración gris próxima al sector de descarga inspeccionado originalmente, en terrenos de un predio aledaño al cauce y ribera del Rio Lontué. Le distribución del material se encontraba presente de forma heterogénea sobre distintos sectores del terreno, evidenciándose material fino de coloración grisácea, en su mayor parte seco, aunque también con presencia de material fresco y barro, el que también se encontraba en la ribera y cauce del Río Lontué, además de una laguna con líquido de color café y lodo.”.

Durante esta fiscalización “fue posible constatar la existencia de un riesgo inminente para el medio ambiente. En efecto, se observó que el proceso productivo del titular considera la evacuación de residuos líquidos en una zanja que los canaliza hacia una superficie que -tras el transcurso de 11 años de operación sin observancia de la normativa ambiental aplicable- se ha transformado en una suerte de laguna de lodos yaguas residuales, al cual cubre hoy una superficie de 1,7 hectáreas. Desde al misma escurren, por gravedad, estos RILes -sin tratamiento alguno- hasta depositarse en el río Lontué.”

La Superintendencia decretó cinco medidas provisionales pre procedimentales: la empresa deberá realizar limpieza de los sectores de la ribera y cauce del Río Lontué en donde existe presencia y vestigios de RILes; deberá rellenar con material estéril la zanja utilizada en la canalización de los RILes, de manera que no continúe siendo utilizada en su estado actual para conducir aguas residuales de ningún tipo; se prohíbe toda evacuación no autorizada de RILes hacia terrenos, riberas o cuerpos de agua; la empresa deberá presentar un plan de cambios operacionales que considere acciones destinadas a regularizar la gestión de los RILes; y, finalmente deberá iniciar el procedimiento para la realización de la caracterización de los RILES, monitoreando los residuos líquidos industriales actualmente acumulados en el proyecto.

Estas medidas tienen fines exclusivamente cautelares y se pueden decretar previo al inicio del procedimiento administrativo sancionador, con el objeto de prevenir el “daño que podrían llegar a producir”.

Cabe señalar que la imposición de estas medidas puede dar inicio a un procedimiento administrativo sancionatorio, en caso de que el particular no presente y ejecute un plan de acciones y mejoras a implementar en el sector o que no responda al requerimiento de información realizado por la SMA.

 

Vea Resolución Exenta N°799-2023 de la Superintendencia de Medio Ambiente.

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