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Acuerdo de voluntades.

Emoji de pulgar hacia arriba puede ser utilizado para expresar el consentimiento en el ámbito contractual al ser equivalente a una firma electrónica, resuelve un tribunal canadiense.

Un emoji 👍 es un medio no tradicional para «firmar» un documento, pero, sin embargo, en estas circunstancias es una forma válida de transmitir los dos propósitos de una firma: identificar al firmante y transmitir la aceptación. Así, en estas circunstancias, la normativa se ha cumplido y, por lo tanto, el contrato es exigible.

14 de julio de 2023

El Tribunal del Rey para Saskatchewan (Canadá), acogió la demanda deducida contra una compañía al concluir que incumplió los términos de un contrato que suscribió, a pesar de no haberlo firmado expresamente. Otorgó validez al emoji de pulgar hacia arriba como medio para expresar el consentimiento en el ámbito contractual, al considerar que es un tipo de firma electrónica.

Los representantes de dos sociedades comerciales discutieron a través de mensajes de texto los términos de un contrato de compraventa diferida de lino por la cantidad de 87 toneladas, la cual debía concretarse en noviembre de 2021. Sin embargo, el producto no fue entregado, razón por la cual el comprador interpuso una demanda contra el vendedor alegando incumplimiento contractual.

A juicio del actor, el contrato se celebró a pesar de no contar con la firma expresa de la contraparte, pues su representante aceptó los términos a través de un emoji de “pulgar hacia arriba”, enviado en la conversación de chat que sostuvieron, tras solicitar confirmación al vendedor. Por los daños y perjuicios sufridos exigió el pago de un monto indemnizatorio de 82.200 dólares y el otorgamiento de un juicio sumario.

Por su parte, la compañía demandada alegó que no expresó su consentimiento y que, por lo tanto, el vínculo contractual no se perfeccionó al no existir acuerdo de voluntades. Precisó que su representante envió el referido emoji para confirmar la recepción del texto del contrato, no para aceptar sus términos.

Señaló además que de permitirse que un simple emoji 👍 signifique identidad y aceptación abriría las puertas para permitir que se presenten todo tipo de demandas que soliciten interpretaciones sobre lo que significan varios emojis diferentes, lo que consideró improcedente.

En su análisis de fondo, el Tribunal observa que, “(…) según el diccionario, el emoji de pulgar hacia arriba es utilizado para “expresar asentimiento, aprobación o aliento en las comunicaciones digitales, especialmente en las culturas occidentales”. Al considerar todas las circunstancias del caso concreto, una persona razonable que conociera todos los antecedentes llegaría al entendimiento objetivo de que las partes habían llegado a un consenso ad item, tal como lo habían hecho en muchas otras ocasiones”.

Agrega que “(…) bajo estas circunstancias un emoji👍 puede ser considerado una forma de firma electrónica para expresar la aceptación según lo contemplado en la Ley de Información y Documentos Electrónicos. Además, este Tribunal no puede (ni debe) intentar detener la ola de tecnología y uso común: esta parece ser la nueva realidad en la sociedad canadiense y los tribunales deben estar listos para afrontar los nuevos retos que puedan surgir por el uso de emojis y similares”.

Señala que “(…) las circunstancias circundantes o la matriz fáctica incluyen hechos que las partes conocían o podían razonablemente conocer cuando celebraron el acuerdo por escrito. Sin embargo, la matriz fáctica no puede incluir pruebas sobre las intenciones subjetivas de las partes pues ello es irrelevante y no tiene cabida en el proceso interpretativo”.

En definitiva, el Tribunal concluye que, “(…) un emoji 👍 es un medio no tradicional para «firmar» un documento, pero, sin embargo, en estas circunstancias era una forma válida de transmitir los dos propósitos de una firma: identificar al firmante y transmitir la aceptación. Así, en estas circunstancias, la normativa se ha cumplido y, por lo tanto, el contrato de lino es exigible. No hay ningún problema en este sentido que requiera un juicio”.

Al tenor de lo expuesto, el Tribunal resolvió acoger la demanda.

 

Vea sentencia Tribunal del Rey para Saskatchewan 2023 SKKB 116.

 

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