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imagen: plenainclusion.org
Estados Unidos.

Se agota la vía administrativa cuando se han deducido los recursos disponibles, más no los que no pudieron ser interpuestos en tiempo y forma por motivos de fuerza mayor.

El tribunal de distrito cometió un error legal al negarse a decidir si los recursos administrativos «estaban disponibles» para el recurrente. Como subrayó la Corte Suprema, la ley contiene su propia excepción textual al agotamiento obligatorio. Este requisito depende de la disponibilidad de recursos administrativos. Así, un convicto debe agotar los recursos disponibles, pero no necesita agotar los que no están disponibles.

6 de agosto de 2023

La Corte de Apelaciones del Octavo Circuito (Estados Unidos) acogió el recurso de apelación deducido por un convicto que reclamó sin éxito contra las autoridades carcelarias tras sufrir un ataque. Dictaminó que el requisito de agotar la vía administrativa para demandar en sede federal se satisface por el solo hecho de deducir los recursos disponibles, y no aquellos no disponibles por razones de fuerza mayor, al tenor de la normativa carcelaria.

El recurrente es un convicto que sufrió una agresión a manos de otro reo. Fue golpeado en repetidas ocasiones con un candado de metal que le provocó graves lesiones en su cabeza, por lo que estuvo en coma durante 3 semanas. A raíz de los traumatismos cerebrales que padeció tuvo que aprender a hablar y escribir nuevamente.

Después de su regreso a la prisión, tras cumplir un periodo de convalecencia, presentó un reclamo contra las autoridades carcelarias debido a su responsabilidad en el ataque que sufrió. A su juicio, no tomaron los recaudos necesarios para prevenir la agresión, en contravención a la normativa carcelaria. Todas sus reclamaciones en sede administrativa fueron rechazadas por extemporáneas, por no haber sido deducidas dentro de los 15 días posteriores al incidente.

Por lo anterior, demandó sin éxito a las autoridades en estrados de un tribunal federal, puesto que la judicatura estimó que había incumplido el requisito de agotar la vía administrativa en forma previa, consagrado en la Ley de reforma de litigios penitenciarios (PLRA, por sus siglas en inglés), el cual es necesario para demandar en sede federal en estos casos.

De esta forma, desestimó los argumentos del recluso, que alegó que estuvo imposibilitado de accionar dentro de plazo en sede administrativa a causa de su grave estado de salud. Consideró que las quejas del demandante eran imprecisas y genéricas, pues no identificaban debidamente a los funcionarios negligentes. El demandante recurrió el fallo vía apelación.

En su análisis de fondo, la Corte observa que “(…) la Corte Suprema ha señalado como relevantes tres circunstancias en las que un recurso administrativo puede no estar disponible: (1) cuando el procedimiento “opera como un simple callejón sin salida”; (2) cuando el esquema administrativo es “tan opaco que se vuelve, en la práctica, inutilizable”; y (3) cuando los administradores de la prisión frustran deliberadamente los intentos del recluso de utilizar el proceso”.

Agrega que “(…) el tribunal de distrito cometió un error legal al negarse a decidir si los recursos administrativos «estaban disponibles» para el recurrente. Como subrayó la Corte Suprema, la PLRA contiene su propia excepción textual al agotamiento obligatorio. Este requisito depende de la disponibilidad de recursos administrativos. Así, un convicto debe agotar los recursos disponibles, pero no necesita agotar los que no están disponibles”.

Señala que “(…) el recurrente solo debe agotar los recursos disponibles y nada más. Si los recursos administrativos de la prisión no estuvieran disponibles para él, entonces cualquier defecto procesal sería irrelevante. Según la PLRA, solo la falta de agotamiento de un recurso disponible por parte del demandante puede impedir su reclamo. Debido a que el tribunal de distrito se negó a decidir si el procedimiento de quejas de la prisión estaba disponible, se debe revocar la concesión del juicio sumario y devolver el caso para procedimientos adicionales”.

La Corte concluye que “(…) los recursos administrativos no están disponibles para un recluso en virtud de la PLRA cuando (1) este no pudo presentar una queja a tiempo debido a una incapacidad física o mental; y (2) las reglas del sistema administrativo no acomodan la condición al permitir una presentación tardía. Así, en el precedente Rucker v. Giffen se concluyó que los procedimientos de queja no estaban disponibles, porque el demandante estuvo hospitalizado durante más de un mes”.

Al tenor de lo expuesto, la Corte acogió el recurso, revocó el fallo de instancia y remitió el caso para nuevos procedimientos consistentes con esta decisión. 

 

Vea sentencia Corte de Apelaciones del Octavo Circuito No. 21-3356.

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