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Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

CIDH otorga medidas cautelares en favor de candidato presidencial ecuatoriano amenazado de muerte.

En vista de la continuidad de las amenazas de muerte en contra del propuesto beneficiario, sumado a los cuestionamientos presentados frente al esquema de protección que tendría, además de la posibilidad de que sea alterado sin coordinación previa, esta Comisión entiende la inminente posibilidad de que se materialice el riesgo en el actual contexto del país.

27 de agosto de 2023

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó medidas cautelares en favor de Christian Gustavo Zurita Ron, candidato presidencial ecuatoriano, y miembros de su equipo de campaña. Constató que en el caso concreto se cumplen los requisitos de gravedad, urgencia e irreparabilidad, al estimar que la vida e integridad de los beneficiarios se encuentra en peligro. 

Christian Zurita, de profesión periodista, fue nombrado candidato presidencial del “Movimiento Construye” tras el homicidio de Fernando Villavicencio, aspirante a la presidencia asesinado recientemente en un ataque armado. Tras este deceso las amenazas y actos de violencia contra las sedes de su partido aumentaron.

Sin ir más lejos, han sido amenazados por bandas criminales ligadas al narcotráfico, tanto nacionales como foráneas, en un contexto de gran inestabilidad nacional debido a la ola de violencia que aflige a Ecuador. Si bien las autoridades implementaron un esquema de seguridad para proteger a los propuestos beneficiarios, los solicitantes de las medidas consideran que son insuficientes, por lo que solicitaron la intervención de la CIDH para salvaguardar la vida e integridad tanto de Zurita como de algunos miembros de su equipo de campaña.

En su análisis de fondo, la CIDH observa que “(…) se han agudizado las tensiones sociales en Ecuador, el deterioro de la seguridad ciudadana con graves hechos de violencia relacionados con el crimen organizado en el país y el sistema carcelario, y el aumento de la violencia política en el país. Así, esta Comisión condenó los graves hechos de violencia registrados en el contexto de las elecciones generales de Ecuador, que representan un ataque contra la propia democracia y el Estado de Derecho”. 

Señala que “(…) los hechos que motivan una solicitud de medidas cautelares no requieren estar plenamente comprobados, sino que la información proporcionada debe ser apreciada desde una perspectiva prima facie que permita identificar una situación de gravedad y urgencia. Asimismo, se resalta que este mecanismo no tiene por objeto determinar la posible responsabilidad de un Estado, sino que el análisis que se efectúa a continuación se relaciona exclusivamente con los elementos establecidos en el artículo 25 del Reglamento de la CIDH”.

Comprueba que “(…) el propuesto beneficiario ha desarrollado un amplio trabajo de investigación sobre corrupción y crimen organizado en el país. A partir de dicho trabajo periodístico es que habría retomado denuncias que venían siendo realizadas por el señor Villavicencio, días previos a su asesinato. Observamos con preocupación el efecto amedrentador que podría tener la presente situación en otras personas periodistas que, en ejercicio de su derecho a la libertad de expresión, han podido obtener información de interés público, la cual han venido denunciando públicamente ante la sociedad ecuatoriana”.

En definitiva, la Comisión concluye que “(…) en vista de la continuidad de las amenazas de muerte en contra del propuesto beneficiario, sumado a los cuestionamientos presentados frente al esquema de protección que tendría, además de la posibilidad de que sea alterado sin coordinación previa, esta Comisión entiende la inminente posibilidad de que se materialice el riesgo en el actual contexto del país”.

Al tenor de lo expuesto, la CIDH solicitó al Estado ecuatoriano la adopción de medidas inmediatas para salvaguardar la vida e integridad de los beneficiarios. En el caso de Zurita, también deberá garantizar el ejercicio de su profesión de periodista y el desarrollo de su campaña presidencial libre de amenazas y actos de intimidación. 

 

Vea resolución Comisión Interamericana de Derechos Humanos 46.2023.

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