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Despachado del Congreso.

Mayores requisitos para la libertad condicional quedaron listos para ser ley.

El Senado aprobó por unanimidad el informe que elaboró la Comisión Mixta de senadores y diputados a la iniciativa que, entre otras medidas, establece que las víctimas serán informadas cuando condenados soliciten el beneficio.

30 de agosto de 2023

Con el voto unánime de los senadores presentes, la Sala del Senado aprobó el informe de la Comisión Mixta sobre el proyecto que modifica diversos cuerpos legales para establecer mayores exigencias para la obtención de la libertad condicional.

Con ello, la iniciativa fue despachada por el Congreso y quedó en condiciones de ser remitida al Presidente de la República para su firma y promulgación como ley.

Fue la senadora Luz Ebensperger, quien en su calidad de presidenta de la Comisión Mixta informó los principales alcances de la iniciativa que tuvo su origen en 5 mociones que fueron refundidas, y sobre los acuerdos que alcanzó la instancia en torno a las divergencias que se suscitaron entre ambas ramas legislativas.

ACUERDOS

En tal sentido, dijo que se optó por mantener en 4 bimestres el período de calificación de conducta del condenado para poder acceder al beneficio; se acordó establecer que el informe de postulación psicosocial será un antecedente calificado al momento de resolver la respectiva solicitud y que dicho informe deberá contener información sobre eventuales beneficios intrapenitenciarios que el postulante hubiese obtenido, informando especialmente si éstos hubiesen sido revocados y las razones para ello.

Asimismo, se zanjó que los condenados a presidio perpetuo a quienes se les haya negado la libertad condicional, no podrán postular nuevamente sino hasta la primera quincena de abril u octubre del año siguiente, cuando la postulación rechazada se hubiere solicitado durante los meses de abril u octubre respectivamente (un año después).

También se acordó que los permisos de salida que beneficien a condenados a presidio perpetuo, serán autorizadas por el juez de garantía de la comuna de asiento de la unidad penal respectiva. Esa decisión se fundó en que el Ejecutivo anunció la pronta implementación de los tribunales de ejecución de pena, frente a lo cual se tomó el resguardo de establecer un artículo transitorio que dispone esa medida entrará a regir en un plazo de 18 meses contados desde la publicación de la ley.

En cuanto a los derechos de las víctimas, se estableció que los permisos solicitados por personas condenadas a presidio perpetuo deberán ser comunicados al tribunal a cargo de la ejecución de la pena, desde su postulación.

Durante la sesión intervinieron los senadores Matías Walker y Luciano Cruz-Coke, quienes valoraron las disposiciones de este proyecto, señalando que con ello se da un paso más en establecer antecedentes claros y precisos para poder acceder a la libertad condicional.

Relevaron que se le de un espacio importante a los informes sicosociales de Gendarmería y que se entregue un espacio de empatía con las víctimas que podrán ser informadas cuando sus victimarios postulen al beneficio de libertad condicional o permisos de salida.

 

Vea mocióndiscusión y análisis Boletín Nº14090-07

 

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