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Recurso de protección rechazado.

Si el Juzgado de Garantía ordenó eliminar los datos del actor que por error aparecía como imputado, el recurso perdió oportunidad, resuelve Corte de Valparaíso.

Esta confusión de identidad entre el imputado de la causa y el recurrente de autos se generó por la remisión del Ministerio Público al Juzgado de Garantía del acta de flagrancias, en la cual al imputado de la causa se identificó con el Rut del actor, ingresando dicho Rut al sistema SIAGJ, informó Fiscalía.

11 de septiembre de 2023

La Corte de Valparaíso rechazó el recurso de protección interpuesto en contra del Juzgado de Garantía de Valparaíso, del Ministerio Público y de una inmobiliaria.

El actor expone que, no pudo ser contratado en una inmobiliaria por mantener antecedentes penales por el delito de robo en lugar no habitado, cuyos datos aparecen en la página web del Poder Judicial, en circunstancias que nunca ha sido imputado por causa alguna, pues lo que ocurrió es que la Fiscalía Local de Valparaíso envió datos de su cédula de identidad y nombre por error, en cuanto no se corresponden con la persona imputada en dicha causa.

En mérito de ello, estima se vulnera el respeto y protección a la vida privada, el derecho a la honra de la persona y su familia y la protección de sus datos personales, por lo que solicita que se elimine su nombre completo de la causa asociada al delito investigado, se informe a la inmobiliaria que no mantiene antecedentes penales de ningún tipo e instruya sumario en contra del Ministerio Público y del Juzgado de Garantía, ambos de Valparaíso.

El Juzgado de Garantía de Valparaíso informó que “(…) de acuerdo con registros de SIAGJ, y los audios de la audiencia de control de detención, se constató que figuraba como imputado el recurrente por un error, el cual se debió al listado emitido por el Ministerio Publico, por lo que el Tribunal procedió a rectificar el acta de audiencia de control de detención y acta de audiencia de sobreseimiento de fecha 30 de julio de 2019, en ambas, se rectifica el nombre y Rut del imputado.”

Por su parte, el Ministerio Público informó que “(…) esta confusión de identidad entre el imputado de la causa y el recurrente de autos se generó por la remisión del Ministerio Público al Juzgado de Garantía de Valparaíso del acta de flagrancias, en la cual al imputado de la causa se identificó con el Rut del actor, ingresando dicho Rut al sistema SIAGJ.”

La Corte de Valparaíso rechazó la acción de protección. Razona que, “(…) conforme los antecedentes remitidos por el Juzgado de Garantía de Valparaíso, el arbitrio denunciado por esta vía fue objeto de revisión por dicho Tribunal, quien emitió pronunciamiento al respecto con fecha 7 de julio del presente año, ordenando eliminar el nombre del actor de dicha causa, lo cual se llevó a cabo conforme los antecedentes remitidos el 11 de julio de los corridos, de modo que lo pedido por esta vía se encuentra cautelado por el derecho, sin que se advierta ilegalidad alguna que corregir por esta vía, por haber perdido oportunidad.”

Por otra parte, señala “(…) en relación a la recurrida Inmobiliaria, que de los documentos acompañados por el actor no se logra acreditar la relación laboral, por lo que dicha alegación será rechazada.”

En base a esas consideraciones, la Corte rechazó el recurso de protección en contra del Juzgado de Garantía de Valparaíso, Ministerio Público y la inmobiliaria.

 

Vea sentencia Corte de Valparaíso Rol N°20178-2023.

 

 

 

 

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