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Perú.

Universidad debe indemnizar a titulado de una carrera profesional que dictó que no tiene salida laboral.

El daño producido al actor es consecuencia de no habérsele brindado la información precisa sobre la carrera a la que postuló, cursó y egresó, pues de haber mediado una información adecuada y precisa, el demandante no hubiera visto frustrado su proyecto profesional de desempeñarse como Tecnólogo Médico en áreas de la salud.

20 de septiembre de 2023

La Corte Superior de Justicia de Lima (Perú) acogió la demanda deducida contra una universidad por publicitar y ofrecer una carrera profesional sin perspectivas laborales. Constató una vulneración del deber de información, por cuanto la demandada omitió informar al actor que no le sería posible colegiarse para ejercer como tecnólogo médico.

Según los hechos del caso, un titulado de la carrera de Tecnología para Urgencias Médicas y Desastres demandó a su universidad al verse imposibilitado de encontrar trabajo tras egresar. Acusó a la casa de estudios de incumplir su deber de información y de incurrir en publicidad engañosa por dar falsas expectativas respecto a una carrera sin “ninguna utilidad”. Lo anterior, ya que no estaba reconocida por el colegio profesional de tecnólogos médicos, requisito esencial para ejercerla legalmente.

La universidad contestó la demanda, aduciendo que hizo estricta observancia de la normativa aplicable, pues al momento de crearse la carrera no era obligatoria la afiliación al respectivo colegio profesional. Del mismo modo, alegó que el impedimento en cuestión no puede vincularse al servicio prestado por la Universidad, dado que la existencia o no de colegios profesionales no es un asunto que competa al servicio educativo brindado.

En su análisis de fondo, la Corte observa que, “(…) resulta evidente que el daño producido al demandante es consecuencia de no habérsele brindado la información precisa sobre la carrera a la que postuló, cursó y egresó, pues de haber mediado una información adecuada y precisa, el demandante no hubiera visto frustrado su proyecto profesional de desempeñarse como Tecnólogo Médico en áreas de la salud.

Agrega que “(…) se encuentra plenamente acreditada la conducta antijurídica de la universidad demandada, quien no informó al demandante que la carrera que estudió y concluyó no podía finalmente colegiarse en el Colegio de Tecnólogos Médicos para posteriormente poder ejercer dicha carrera dentro del ámbito salud, trámite necesario para estos efectos. Se incumplió con ello el deber de información respecto a los servicios educativos brindados”.

Comprueba que “(…) la universidad demandada no cumplió con el contrato de prestación de servicios educativos, al no haber brindado una información veraz sobre la carrera de Tecnología para Urgencias y Desastres, pues el demandado habría promocionado que la carrera de Urgencias y Desastres sería una rama de la Tecnología Médica, pese a conocer que no podía Colegiarse en el Colegio Profesional respectivo”.

Concluye la Corte que “(…) es clara la afectación al demandante, pues constituye una angustia y sufrimiento prolongado respecto a la incertidumbre de su condición de profesional que por más de haber estudiado cinco años no puede colegiarse para poder ejercer válidamente la profesión como médico colegiado dentro del país; empero, al igual que el concepto de daño al proyecto de vida, el demandante no acredita mediante medios probatorios objetivos el monto que solicita por daño moral”.

Al tenor de lo expuesto, la Corte acogió la demanda y condenó a la demandada a pagar a título de indemnización de perjuicios: 100,00.00 soles por responsabilidad civil; 100,000.00 soles por daño moral; y 100,000.00 soles por daño al proyecto de vida.

 

Vea sentencia Corte Superior de Justicia de Lima.

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  1. muchas universidades no informan sobre campo laboral, menos los ingresos y horas de atención….por ejemplo las psicología es una malla curricular extensa y de calidad, yo diría como medicina, pero nadie contrata a un profesional con 44 horas, lo mismo Fonoaudiología.

  2. En Chile, en los 2000 hubo una carrera dictándose en algunos institutos y que fue muy popular, muchos jóvenes se vieron atrasos por estudiar esa carrera que era «Criminologia». Con el tiempo se dieron cuenta que no había campo laboral ya que quiénes realizaban ese trabajo en las policías debían ser carabineros o agentes de la PDI que se especializan en su misma institución, no civiles. Así es que finalmente dejo de impartirse, dejando a muchos jóvenes con sus sueños frustrados y habiendo perdido tiempo y dinero.