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El abogado Luis Batlló Buxó-Dulce analiza las circunstancias en las que se produjo la ejecución de Jesucristo.
Opinión.

La condena de Jesús se produjo en lo que se puede describir como «una tormenta perfecta», por Luis Batlló Buxó-Dulce.

Aun sin estar convencido de la culpabilidad de Jesús, Pilatos se lavó las manos, en un sentido literal (ante las hordas de judíos que pedían la muerte del Nazareno) y también metafórico, pues pretendió –con dicha actuación- no ser el último responsable de la condena, cuestión hartamente debatida, pues lo que sí hizo es condenar a Jesús también a la tortura mediante la flagelación, pena que no estaba prevista ni siquiera por el Sanedrín, en su sentencia.

12 de noviembre de 2023

En una reciente publicación del medio español Confilegal se da a conocer el artículo La condena de Jesús se produjo en lo que se puede describir como «una tormenta perfecta», por Luis Batlló Buxó-Dulce.

Jesús fue condenado por reconocerse hijo de Dios y, en concreto, el Mesías, el esperado por el pueblo de Israel para liberar a los judíos.

Todo el proceso, ocurrido en los años 30 o 33 de nuestra era, estuvo viciado de irregularidades que deberían haber comportado la anulación del juicio, pero es sabido que ello no ocurrió.

En primer lugar, Jesús fue llevado ante el Sanedrín de Judea, Consejo Supremo que dirimía cuestiones civiles, penales y religiosas bajo la interpretación del Talmud, y máxima instancia judicial judía que, aunque podía establecer una condena a muerte, no podía ejecutarla, pues ello estaba reservado para el gobernador romano.

Es decir, in illo tempore ya existía una cierta división de poderes, aunque con más protagonismo del ejecutivo.

Jesús, al proclamarse Rey, ponía en duda el poder del César y también el poder religioso del Sanedrín, a quien no le importó demasiado su evangelización en Galilea pero que se sintió más amenazado cuando Jesús entró en Jerusalén, acompañado de un nutrido grupo de seguidores.

El Sanedrín estaba compuesto por setenta y un jueces, de los cuales una parte había de ejercer la acusación y otra, la defensa, sin que al reo se le proporcionase un abogado, figura que entonces no existía.

El proceso estaba sometido a una cierta contradicción, pues al reo se le preguntaba sobre los cargos por los que se le acusaba y no estaba obligado a confesarse culpable, pero Jesús declaró en su contra cuando, a la pregunta de Caifás sobre si él era el Rey de los judíos, respondió “Yo soy”.

Esta respuesta podía conllevar, por blasfemo, una condena a muerte por lapidación, pero no mediante la crucifixión, reservada a reos que hubieran cometido delitos contra el poder de Roma.

Sabido es que no se tuvo en cuenta esta circunstancia.

Por otro lado, el Sanedrín no podía reunirse ni el sábado ni por la noche y debía hacerlo en el llamado Salón de Piedras Talladas.

Además, las sentencias del Sanedrín debían declararse nulas cuando se dictaban por unanimidad, pues se consideraba que – en dicho supuesto – no se habían dado las garantías suficientes para el reo.

Por los Evangelios, es conocido que durante el juicio de Jesús el Sanedrín se reunió por la noche, que lo hizo en casa del mismo juez Caifás, y no el Salón de Piedras Talladas y que, además, la sentencia fue unánime, tres razones por las que el juicio debería haberse anulado.

No obstante, era tal el recelo de Caifás ante los alborotos que causaba Jesús, que aquél no tuvo en cuenta dichas normas procedimentales, mandando enviar a Jesús a Poncio Pilatos, por entonces gobernador de Judea.

Pilatos podía haber indultado a Jesús, pues ostentaba ese poder, pero Caifás lo puso contra las cuerdas, dejando caer que alguien que se proclamaba Rey estaba también poniendo en duda el poder del César, y nada peor para un funcionario de Roma que poder ser sospechoso de dejadez ante tal hecho.

La tradición, en esos tiempos, mandaba que durante las fiestas del Pesaj, la Pascua judía que celebra la liberación del pueblo de Israel, podía indultarse a un reo y Pilatos tenía a dos, Jesús y Barrabás.

En circunstancias normales, Pilatos podía y debía haber decidido solo, según su criterio, a quien indultar, pero Caifás envió a un numeroso grupo de personas para intentar declinar la balanza hacia la condena a Jesús, en lugar de a Barrabás, un delincuente común, y Pilatos quería evitar cualquier desorden ante la explosiva situación que, en aquellos tiempos, se vivía en Judea, que aceptaba a regañadientes el poder romano.

Por dicha razón, aun sin estar convencido de la culpabilidad de Jesús, Pilatos se lavó las manos, en un sentido literal (ante las hordas de judíos que pedían la muerte del Nazareno) y también metafórico, pues pretendió –con dicha actuación- no ser el último responsable de la condena, cuestión hartamente debatida, pues lo que sí hizo es condenar a Jesús también a la tortura mediante la flagelación, pena que no estaba prevista ni siquiera por el Sanedrín, en su sentencia.

De hecho, tampoco estaba establecida la crucifixión con clavos, siendo lo usual que tal pena se llevase a cabo mediante cuerdas.

Podríamos decir, por todo ello, que Jesús realmente fue condenado por cuestiones religiosas y políticas, produciéndose algo así como una tormenta perfecta, entre el temor del Sanedrín, quien veía puesto en peligro su poder, y el desasosiego del Gobernador Pilatos ante los desórdenes públicos que podían producirse en una provincia complicada y además en tiempo de Pascua.

Unos y otros se saltaron el procedimiento, siendo la unanimidad de la sentencia del Sanedrín la cuestión más antijurídica, no permitiendo a Pilatos decidir libremente el indulto, y aplicándose a Jesús una pena no prevista, la crucifixión, por el delito de blasfemia por el que fue acusado y condenado.

No existiendo una doble instancia a quien recurrir, la historia del mundo cambió a partir de entonces.

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