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Requerimiento de inaplicabilidad.

Norma que impide apelar resoluciones que rechazan excepciones de incompetencia del tribunal, caducidad y prescripción en el juicio laboral, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

Los requirentes alegan que la norma legal objetada infringe la igualdad ante la ley, la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos y el derecho a un procedimiento racional y justo, particularmente el derecho al recurso, ya que le impiden al sujeto pasivo del proceso laboral recurrir de apelación en contra de la resolución que rechaza la excepción de incompetencia del tribunal.

15 de noviembre de 2023

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, los artículos 453 N°1, inciso sexto; y, 476, inciso primero, del Código del Trabajo.

 

Los preceptos legales impugnados establecen:

“Artículo 453.- La resolución que se pronuncie sobre las excepciones de incompetencia del tribunal, caducidad y prescripción, deberá ser fundada y sólo será susceptible de apelación aquella que las acoja. Dicho recurso deberá interponerse en la audiencia. De concederse el recurso, se hará en ambos efectos y será conocido en cuenta por la Corte.” (Art. 453 N°1, inciso sexto).

“Artículo 476.- Sólo serán susceptibles de apelación las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social”. (Art. 476, inciso primero).

La gestión pendiente en que incide el requerimiento de inaplicabilidad es un recurso de hecho interpuesto por la requirente ante la Corte de Apelaciones de Santiago en contra de la resolución del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, que no concedió el recurso de apelación interpuesto por los denunciados en contra de la resolución que rechazó la excepción de incompetencia del tribunal que opusieron en el contexto de un proceso de denuncia de tutela laboral y demanda subsidiaria de declaración de existencia de relación laboral.

Los requirentes alegan que la norma legal objetada infringe la igualdad ante la ley, la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos y el derecho a un procedimiento racional y justo, particularmente el derecho al recurso, ya que privan al sujeto pasivo del proceso laboral de recurrir de apelación en contra de la resolución que rechaza la excepción de incompetencia del tribunal, en circunstancias que lo admite en favor del actor en caso de ser acogida, lo que configura un trato desigual respecto de una sola de las partes del proceso.

Además, la circunstancia que los requirentes de inaplicabilidad queden desprovistos para ejercer el derecho al recurso, arriesga consolidar un resultado incompatible con el precepto del inciso segundo del artículo 76 de la Constitución, que establece que todo órgano jurisdiccional detenta el deber inexcusable de ejercer jurisdicción si, y solo si, ha sido reclamada su intervención en forma legal y en negocios de su competencia.

La Primera Sala designada por la Presidenta del Tribunal Constitucional deberá resolver si admite a trámite el requerimiento y confiere traslado a las partes de la gestión pendiente para que se pronuncien sobre su admisibilidad. En caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo del asunto.

 

Vea texto del requerimiento y expediente Rol N°14.881–2023.

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