Requerimiento de inaplicabilidad acogido por unanimidad.
Norma que obliga a los acusados del “Caso SQM” a comparecer durante todas las audiencias de juicio oral, genera efectos contrarios a la Constitución.
La presencia del acusado en el juicio, sea como contenido de un derecho fundamental o como el objeto de una obligación legal enderezada a un fin constitucional, en ningún caso persigue asegurar la comparecencia personal de acusado en el proceso. De ser esto último posible, la presencia forzada se transformaría en una medida cautelar inconstitucional.

El Pleno del Tribunal Constitucional acogió por unanimidad el requerimiento de inaplicabilidad que impugnó artículo 285 del Código Procesal Penal, en lo que atañe al vocablo “toda”, por referencia a la audiencia, contenido en su inciso primero, decisión a la que concurren las Ministras Nancy Yáñez, María Pía Silva, Daniela Marzi y los Ministros José Ignacio Vásquez y Manuel Núñez (s). Mientras que los ministros Cristián Letelier, Nelson Pozo y Miguel Ángel Fernández estuvieron por acoger el requerimiento respecto del inciso primero completo del precepto legal cuestionado.
El precepto legal impugnado establece:
“Artículo 285.- Presencia del acusado en el juicio oral. El acusado deberá estar presente durante toda la audiencia.
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