Diario Constitucional

Recurso de protección acogido.

No asignar hora con broncopulmonar por no contar el Hospital con los medios humanos y tecnológicos, es insuficiente e incluso puede ser caprichoso, resuelve Corte de Temuco.

Con su actuar omisivo, la recurrida ha afectado las garantías señaladas por el recurrente.

Por Redacción·18 de diciembre de 2023·3 min de lectura
No asignar hora con broncopulmonar por no contar el Hospital con los medios humanos y tecnológicos, es insuficiente e incluso puede ser caprichoso, resuelve Corte de Temuco.
Referencial

La Corte de Apelaciones de Temuco acogió el recurso de protección interpuesto en contra del Hospital Hernán Henríquez Aravena, por no otorgarle hora médica con especialista broncopulmonar a quien padece fibrosis pulmonar idiopática.

El recurrente expuso que sin perjuicio de que ha superado el pronóstico de vida por padecer fibrosis pulmonar idiopática, no sólo debe usar concentradores de oxígeno de forma permanente, sino que además requiere a lo menos un control médico trimestral a fin de poder observar sus condiciones fisiológicas y los medicamentos que se han de suministrar. Sin embargo, desde marzo del presente año no ha tenido cita médica, ya que el recurrido no le ha concedido ninguna, situación que agrava su estado de salud, en cuanto además le aparecieron nódulos en el interior de sus pulmones.

En mérito de ello, estima vulnerada la igualdad ante la ley, la igual protección en el ejercicio de sus derechos, la integridad física y psíquica y el derecho a la salud, como así también el derecho a ser atendido de manera preferencial por ser mayor de 60 años, como bien lo dispone Ley N°20.586, por lo que solicita que se le otorgue una hora médica con el especialista de manera urgente.

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