Recurso de amparo acogido por Corte de Santiago.
Negativa a renovar pasaporte a quien con anterioridad le fue renovado por acogerse una acción de amparo previa, vulnera la libertad ambulatoria.
El solicitante debe acompañar copia de la sentencia definitiva ejecutoriada de la causa del Juzgado del Crimen, y en caso que sea condenatoria, debe también acompañar el certificado de cumplimiento de la condena, informó el Registro Civil.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de amparo interpuesto en contra del Registro Civil e Identificación por rechazar la solicitud de renovación de pasaporte a un preso político.
El recurrente alegó que, a pesar de que en enero de 2018 la Corte de Santiago acogió un recurso de amparo por el mismo motivo, en diciembre de 2023 el Registro Civil a través del Consulado de Chile en Helsinki (Finlandia), le negó la renovación del pasaporte, en circunstancias que las penas por las que había sido condenado se encuentran cumplidas, en cuanto por su condición de preso político, en octubre de 1992 fue indultado por el Presidente de la República.
Aduce que, la negativa resulta arbitraria e ilegal, por cuanto antes de que su pasaporte venciera y luego de que el recurso de amparo fuera acogido, nunca tuvo ningún inconveniente para ingresar y salir del país, de modo que no se le puede ahora impedir la renovación de su pasaporte, puesto que se le priva del derecho de libertad ambulatoria al no poder viajar a Chile.
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