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Escrutinio a los contenidos en línea.

Comisión Europea inicia procedimiento formal contra Tik Tok por presuntas vulneraciones de la Ley de Servicios Digitales.

De probarse las omisiones constituirían infracciones de los artículos 34(1), 34(2), 35(1), 28(1), 39(1) y 40(12) de la Ley. La Comisión llevará ahora a cabo una investigación en profundidad con carácter prioritario. La apertura de un procedimiento formal no prejuzga su resultado.

21 de febrero de 2024

La Comisión Europea ha anunciado el inicio de un proceso formal contra TikTok, bajo el marco de la Ley de Servicios Digitales (DSA), lo cual ha sido considerado un paso significativo en su esfuerzo por «regular las actividades de las grandes plataformas en línea y salvaguardar los derechos de los usuarios».

El procedimiento se basa en investigaciones preliminares iniciadas luego que TikTok entregara un informe de evaluación de riesgos en septiembre de 2023, realizado en respuesta a solicitudes de información previas de la Comisión. Se centra en varias áreas críticas, incluida la protección de menores, la transparencia publicitaria y el acceso a datos para investigadores.

El Comisario de Mercado Interior destacó la importancia de que Tik Tok adopte medidas más efectivas para proteger a los jóvenes en línea, dados los millones de usuarios jóvenes que utilizan la plataforma. El proceso implica una investigación más profunda que podría resultar en multas significativas si se demuestran violaciones a la DSA.

Esta no es la primera vez que la Comisión Europea actúa contra una plataforma en línea bajo la DSA. En diciembre de 2023, se inició un procedimiento similar contra la plataforma X de Elon Musk, lo que refleja el «compromiso continuo de la UE con la aplicación de sus regulaciones digitales y la protección de los derechos de los usuarios en línea».

“De probarse estas omisiones constituirían infracciones de los artículos 34(1), 34(2), 35(1), 28(1), 39(1) y 40(12) de la DSA. La Comisión llevará ahora a cabo una investigación en profundidad con carácter prioritario. La apertura de un procedimiento formal no prejuzga su resultado”, señaló la Comisión Europea en un comunicado.

“La actual apertura de procedimientos se entiende sin perjuicio de cualquier otro procedimiento que la Comisión pueda decidir iniciar sobre cualquier otra conducta que pueda constituir una infracción según la DSA, por ejemplo, en relación con las obligaciones de un proveedor en relación con la difusión de contenidos ilegales, como los terroristas. contenidos o abuso sexual infantil en línea, o la notificación de sospechas de delitos penales”, concluyó la Comisión.

Vea comunicado de prensa y texto explicativo Ley de Servicios Digitales (DSA).

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