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Políticas de seguridad.

Presidente Boric dicta decreto supremo que promulga la Ley de Seguridad Privada.

Permitirá regular la industria de la seguridad privada con nuevos criterios y requisitos para fortalecer su rol coadyuvante y complementario a la seguridad pública. 

16 de marzo de 2024

El pasado 14 de marzo de 2024, el Presidente Boric promulgó la nueva ley de Seguridad Privada cuyo objetivo es consagrar el rol preventivo, complementario y coadyuvante de la seguridad privada, respecto de la seguridad pública.

El proyecto, iniciado por mensaje de la Presidenta Bachelet en el año 2009, actualmente es parte de la agenda priorizada de 31 proyectos de seguridad suscrita entre el Ejecutivo y los presidentes de ambas Cámaras.

Entre sus principales contenidos se encuentran las normas destinadas a estandarizar el rol de las empresas de seguridad privada, y a complementar el rol de las policías permitiendo la especialización y profesionalización de quienes trabajan en el sector.

En sus disposiciones generales define qué es seguridad privada, su objeto, las actividades de seguridad privada y algunas obligaciones específicas de los sujetos regulados en la ley.

Asimismo, actualiza los criterios y el procedimiento para designar entidades obligadas a tener medidas de seguridad, superando el actual criterio de 500 UF en caja, por niveles de riesgo de las actividades que se desarrollen.

También moderniza los procesos de certificación de guardias de seguridad y vigilantes privados, que estará a cargo de la Subsecretaría de Prevención del Delito y actualiza los requisitos para que las personas naturales y empresas de seguridad puedan ejercer actividades de seguridad privada, estableciendo algunas prohibiciones específicas.

En cuanto a las capacitaciones, establece que deberán distinguirse entre los distintos niveles de riesgo, y propender a la especialización según el tipo de actividad de seguridad privada.

También regula la seguridad privada en eventos masivos, con criterios para fijar un mínimo de personas para considerar un evento como masivo (más de 3 mil personas).

El Ministerio de Seguridad Pública será el órgano rector en la materia a través de la Subsecretaría de Prevención del Delito. Para ello, se incorporan nuevas funciones a dicha subsecretaría.

Luego, modifica las infracciones y sanciones en caso de incumplimiento, estableciendo una proporcionalidad entre infracciones gravísimas, graves y leves para imponer multas respecto de los riesgos que generan los infractores, aumentando el valor de las sanciones administrativas en relación con lo que señala la actual regulación de seguridad privada.

Finalmente, establece normas transitorias para que los cambios en el sistema se realicen de manera paulatina, otorgándose al Ejecutivo el plazo máximo de un año desde la publicación de la ley para dictar los reglamentos.

 

Vea proyecto de ley, tramitación de iniciativa legal en Boletín 6639 -25 y fallo del Tribunal Constitucional, Rol_15_015-23.

 

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