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En fallo dividido.

Corte de Chillán confirma arresto domiciliario nocturno de ex director del Serviu de Los Ríos imputado como autor de los delitos de soborno y cohecho.

El tribunal de alzada ratificó la resolución impugnada, dictada por el Juzgado de Garantía de Bulnes, que sustituyó la medida cautelar de arresto domiciliario total, por la de arresto parcial nocturno.

10 de abril de 2024

La Corte de Apelaciones de Chillán confirmó la resolución que ordenó el arresto domiciliario parcial nocturno del ex director del Servicio de Vivienda y Urbanismo de la Región de Los Ríos, Rodrigo Sepúlveda Espinoza, imputado por el Ministerio Público como autor de los delitos de soborno y cohecho. Ilícitos que habría perpetrado en el marco de procesos de licitación de cuentas bancarias realizados al interior del municipio de Hijuelas, en 2022.

La resolución señala que no se ha alegado algún incumplimiento al régimen cautelar vigente, además, la defensa demostró la existencia de una oferta laboral seria, acreditada según los dichos del ente persecutor, a la que se une que se le impuso la medida de arraigo y firma quincenal ante Carabineros, todo lo cual, permite concluir que las medidas dispuestas son suficientes para asegurar los fines del procedimiento y la seguridad de la sociedad.

Según el ente persecutor, el ex director del Servicio entre junio y julio de 2022, mientras se desempeñaba como director del Departamento de Salud de la Municipalidad de Hijuelas, se ofreció a actuar como operador en favor de la sociedad Global SpA, de propiedad de Rodrigo Carmona Olivares, a cambio de dinero, con el propósito de influir en proceso de licitación de viabilidad financiera y mantención de cuentas corrientes, en el cual finalmente se adjudicó a la empresa. A cambio, recibió a través de una transferencia bancaria, al menos, el pago de $2.000.000.-, lo que se concretó en marzo de 2023, fecha en la que ejercía el cargo del director del Serviu de Los Ríos.

La decisión fue acordada con el voto en contra del abogado integrante Pablo Ortega, quien fue de parecer de revocar la resolución en alzada y mantener la medida de arresto domiciliario total, por cuanto el contrato de trabajo ofrecido al encartado no modifica en nada la necesidad de cautela, y la gravedad del delito impide acceder a la mutación pedida.

 

Vea sentencia de la Corte de Chillán Rol Nº359-2024.

 

 

 

 

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