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imagen: horse1.es
Son “seres sintientes”.

Autoridad debe entregar 26 caballos a una ONG debido al deplorable estado en que se encuentran, ordena la justicia argentina.

La jurisprudencia ha empezado a recepcionar, en materia de derecho animal, un nuevo paradigma que es tendencia y que cuestiona el status jurídico actual de “cosa” que les otorga el derecho argentino a los animales, resultando adecuado mencionar el precedente de la “orangutana Sandra” y el proyecto de ley que se encuentra presentado en la Cámara de Diputados de la Nación denominado “sintientes”.

15 de abril de 2024

El Juzgado de Garantías de Octava Nominación de Salta (Argentina), ordenó a la autoridad provincial hacer entrega de 26 caballos y un asno a una ONG animalista, al constatar el deplorable estado en que se encuentran los equinos. Hizo mención de la jurisprudencia nacional e internacional que percibe a los animales como “seres sintientes” sujetos de derecho, que ha cuestionado el paradigma de que estos seres vivos son cosas.

La fundación «Ajuya Jalala» presentó una solicitud legal para abordar la paupérrima situación en que se encontraban los animales del Departamento de Caballería de la policía provincial. Según relató, los animales estaban expuestos a un riesgo grave e inminente, debido a la falta de recursos para alimentarlos y proveerles atención veterinaria. Además, sus representantes denunciaron el mal estado de la infraestructura debido a intensas lluvias.

Por lo anterior, solicitaron la entrega definitiva o provisional de los equinos con el objetivo de encontrar familias adoptantes que se comprometieran a brindarles cuidados, alimentación y atención veterinaria adecuada, lo cual era imperativo para afrontar la situación zoonótica que atravesaban los animales respecto a la encefalomielitis equina.

En su análisis de fondo, el Juzgado observa que, “(…) resulta imperioso referir que el derecho animal es una rama transversal del derecho que abarca la materia civil, penal, contravencional, comercial, administrativo, entre otras y refiere a un conjunto de derechos positivos y jurisprudenciales, en el cual el objeto del derecho es la naturaleza legal, social, biológica y psíquica de los animales. El Animal No Humano es Sujeto de Derecho. El más importante avance en derecho de los ANH (animales no humanos) se ha dado con su cambio de status jurídico, el cual pasó de considerarlos “cosas” a entenderlos como “sujetos de derecho autónomo”.

Agrega que “(…) la jurisprudencia ha empezado a recepcionar, en materia de derecho animal, un nuevo paradigma que es tendencia y que cuestiona el status jurídico actual de “cosa” que les otorga el derecho argentino a los animales, resultando adecuado mencionar el precedente de la “orangutana Sandra” y el proyecto de ley que se encuentra presentado en la Excelentísima Cámara de Diputados de la Nación denominado “sintientes”.

Comprueba que “(…) se registran desde fechas 30/09/2019 al 16/10/2023 diversos equinos de los cuales incluso en el propio informe se hizo saber que presentan excoriaciones, múltiples heridas, e incluso se adjuntaron fotografías que demuestran sobradamente el pésimo estado de salud en el que se encuentran los equinos, la falta de recursos para alimentarlos o sanearlos, configurándose por ello una situación de riesgo grave e inminente que justifica la intervención de este Tribunal”.

El Juzgado concluye que, “(…) sobre dichos equinos, y habiendo transcurrido casi seis años sin que la Fiscalía interviniente adopte los recaudos necesarios para que se proceda a su entrega o decomiso, ciertamente demuestran la necesidad de adoptar una medida adecuada que procure el retiro de dichos animales del Departamento Caballería hacia un lugar de descanso, tal y como lo solicitan las presentantes”.

Al tenor de lo expuesto, el Juzgado ordenó la entrega definitiva de los animales. La autoridad deberá colaborar en todas las diligencias necesarias para asegurar el traslado.

Vea sentencia Juzgado de Garantías de Octava Nominación de Salta 189833.24.

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