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Estados Unidos.

Ley estatal de Carolina del Norte de 1877 que prohíbe el derecho a sufragio por delitos graves es inconstitucional, resuelve Tribunal estadounidense.

La legislación en cuestión, redactada en 1877, establecía restricciones al derecho al voto por la comisión de “delitos graves”, particularmente dirigidas hacia ciertos grupos demográficos. El tribunal señaló la naturaleza discriminatoria del lenguaje utilizado en la redacción original de la ley.

30 de abril de 2024

Un juez federal de Carolina del Norte (Estados Unidos) determinó la inconstitucionalidad de una ley estatal de votación que data de hace 147 años. La decisión se basó en una violación de la Cláusula de Igual Protección y la Cláusula del Debido Proceso de la Decimocuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos.

La demanda fue presentada por el grupo de derechos civiles, que adujo que la ley tenía un origen discriminatorio y continuaba afectando de manera desproporcionada a los votantes afroamericanos.

La legislación en cuestión, redactada en 1877, establecía restricciones al derecho al voto por la comisión de “delitos graves”, particularmente dirigidas hacia ciertos grupos demográficos. El tribunal señaló la naturaleza discriminatoria del lenguaje utilizado en la redacción original de la ley.

Aunque se introdujo una enmienda posterior que agregaba un requisito de conocimiento para la aplicación de la ley, el tribunal determinó que la versión original aún estaba en vigor, lo que planteaba la posibilidad de procesamientos sin dicho requisito. Además, se destacó la falta de claridad y consistencia en la aplicación de la normativa, lo que generaba incertidumbre entre los votantes y aumentaba el riesgo de violaciones inadvertidas.

La sentencia enfatizó la importancia de garantizar la igualdad de protección y el debido proceso en el ámbito de las leyes electorales. Al apuntar específicamente a ciertos grupos demográficos y carecer de claridad en su aplicación, la ley en cuestión fue considerada contraria a estos principios fundamentales.

Esta decisión se suma a otras recientes sentencias judiciales relacionadas con las leyes electorales en Carolina del Norte. Es posible que la sentencia sea objeto de apelación ante tribunales superiores, lo que podría tener implicaciones significativas para el futuro de las leyes electorales en el estado y más allá.

“El Estatuto impugnado viola tanto las cláusulas de igualdad de protección como de debido proceso de la Decimocuarta Enmienda. Por lo tanto, se concederá la moción de sentencia sumaria de los demandantes. En consecuencia, las medidas solicitadas por los Demandantes para que este Tribunal declare inconstitucional el Estatuto impugnado y prohíba su aplicación son recursos apropiados en las circunstancias de este caso. Como lo expresó el Cuarto Circuito, el remedio adecuado para una disposición legal promulgada con intención discriminatoria”, como lo es el Estatuto impugnado, es la invalidación”, concluye el tribunal.

Vea texto del fallo.

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