CS confirma fallo que rechazó habeas corpus en favor de un imputado.
«resulta procedente la aplicación de medidas cautelares que tienden a dar protección a la víctima, a la sociedad o a resguardar los fines del procedimiento; necesidades de cautela que persisten no obstante paralizado el avance de la causa, por lo que no, habiéndose citado antecedente alguno que altere los presupuestos que se tuvo a la vista al imponer la medida de prisión preventiva, no se atisba motivo que pueda llevar a dejarla sin efecto.»