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Con prevención.

CS confirmo sentencia que declaró inadmisible protección interpuesta por Hugo Gutiérrez contra Tribunal Constitucional.

El máximo Tribunal sostuvo que lo solicitado por el parlamentario comunista no es susceptible de ser impugnado por esta vía cautelar.

4 de marzo de 2020

La Corte Suprema declaró inadmisible un recurso de protección presentado por el diputado comunista, Hugo Gutiérrez, en contra del Tribunal Constitucional, por acoger a trámite el requerimiento de parlamentarios de Chile Vamos que demandan su destitución por incitación a la violencia.
Respecto a los hechos, cabe recordar que los parlamentarios María José Hoffmann, Jorge Alessandri y Álvaro Carter de la UDI, además de Sebastián Torrealba, Luis Pardo y Harry Jürgensen de RN, acusaron a Gutiérrez de incitar al odio y alterar el orden público, luego de que, entre otros hechos, en su cuenta de Twitter el legislador de oposición publicara dibujos de niños donde él aparecía atacando al presidente Sebastián Piñera.
Al respecto, el máximo Tribunal sostuvo que el acto contra el cual se recurre constituye jurídicamente un acto intermedio o trámite dentro del procedimiento establecido en el artículo 60 de la Constitución Política de la República, por lo que no es susceptible de ser impugnado por esta vía cautelar y de emergencia.
En consecuencia, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago, declarando así inadmisible el recurso de protección.
Cabe mencionar que el fallo fue acordado con la prevención de los Ministros Llanos y Mera, quienes estuvieron por confirmar la resolución en alzada en virtud de sus propios fundamentos.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N° 20760-2020 y de la Corte de Santiago Rol N° 10525-2020.

 

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