Estricta sujeción a la bases

Municipalidad actuó conforme al principio de estricta sujeción a las bases y cumplió con el principio de igualdad de los oferentes al declarar inadmisibles todas las ofertas, resuelve Tribunal de Contratación Pública.

El error en el que incurrió el oferente demandante no puede ser considerado de carácter formal, pues se trataba de un aspecto esencial de su propuesta que incidía en la oferta económica presentada, por lo que no podía ser intervenido, ni menos aún, alterado, ni cambiado.

16 de octubre de 2022

Es facultativo del órgano licitante solicitar documentos que no fueron acompañados por el concursante, pero ello no procede cuando la omisión recae en antecedentes esenciales destinados a acreditar la experiencia requerida por las Bases.

23 de septiembre de 2022
Esa facultad sólo tiene aplicación para enmendar errores de forma de acuerdo al artículo 40 del Reglamento de la Ley N°19.886, y el no presentar las facturas requeridas constituye un vicio de fondo, insalvable por ese procedimiento.