Procedimiento voluntario

El objeto de la gestión voluntaria no es otro que el concesionario eléctrico obtenga a través de la facultad de imperio de la judicatura la posesión del predio sirviente, con la sola exhibición del comprobante de consignación de la indemnización.

Razón por la cual no resulta procedente una oposición como la presentada por la recurrente que se funda en aspectos procesales y técnicos que no son susceptibles de resolverse por esta vía, sino que mediante un juicio declarativo ordinario.

16 de agosto de 2022