Teletrabajo

Perjudicaría sus remuneraciones al dejar de percibir bonificación por desempeño en terreno.

Corte de Apelaciones de Punta Arenas rechazó el recurso de protección interpuesto por trabajador que, por edad, pertenece a grupo de riesgo de contagio de covid-19 y a quien la demandada Enap Magallanes ordenó continuar realizando sus funciones desde su domicilio, vía teletrabajo.

El Tribunal de alzada desestimó actuar ilegal y arbitrario de la recurrida, tras establecer que la empresa cumplió con la obligación de proteger la salud de los empleados, contenida en el plan de acción contra el coronavirus del gobierno, que define los grupos de riesgo de contagio.

3 de febrero de 2021