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Modifica LOC del Congreso Nacional.

Con el objeto de fomentar la fiscalización del Gobierno y de la legislación, iniciativa propone la creación de comisiones de evaluación o control legislativo.

La moción de los Diputados Díaz, Eluchans, Estay, Harboe, Moreira, Uriarte y Zalaquett, observa que “el control político en Chile está abandonando casi la totalidad de la fiscalización de la legislación que se aprueba en las cámaras, generando que muchas veces la implementación que se concibió en el seno parlamentario no sea una fiel representación […]

13 de noviembre de 2010

La moción de los Diputados Díaz, Eluchans, Estay, Harboe, Moreira, Uriarte y Zalaquett, observa que “el control político en Chile está abandonando casi la totalidad de la fiscalización de la legislación que se aprueba en las cámaras, generando que muchas veces la implementación que se concibió en el seno parlamentario no sea una fiel representación de la idea originalmente aprobada”. Se hace necesario entonces, implementar ”una fiscalización más permanente y que tenga como efecto un menor grado de confrontación política, pero un mayor impacto en la conducción política que realiza el gobierno”.
Con el objeto de potenciar el control y la fiscalización, proponen crear las comisiones de evaluación o control legislativo.
A tal fin la iniciativa incorpora un artículo 58 bis a la Ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, del siguiente tenor: “La Cámara de Diputados creará, con el acuerdo de a lo menos dos quintos de sus miembros en ejercicio, comisiones de evaluación o control legislativo con el objeto de reunir informaciones relativas a la aplicación de una ley o conjunto de leyes. El objeto de estas comisiones es velar por la correcta aplicación de la ley”.
Las referidas comisiones estarían integradas por siete Diputados, adecuarían su funcionamiento al horario de las demás comisiones permanentes y se regirían por las normas de las Comisiones investigadoras, en lo pertinente.
La iniciativa señala que al concluir su cometido deberán evacuar “un informe especificando si es necesario corregir los defectos existentes en la implementación de una ley o conjunto de leyes, ya sea, por una falta de correcta interpretación de las normas de acuerdo a lo que  estimó como voluntad el legislador, o bien proponiendo reformas administrativas o legislativas”, y que las “recomendaciones concretas que evacue la Comisión deberán ser respondidas por los órganos que estime la comisión en un plazo no superior a 90 días”, entre otras enmiendas que se proponen.

Vea texto íntegro de la moción.

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