Tercera sala.
CS confirmó sentencia que acogió recurso de protección deducido por una joven discapacitada a quien se le negó matricula en una Escuela de Fotografía.
“se encuentra amparada por la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la cual orienta su mandato hacia la personalidad integral de éstos elevando al carácter de principios fundamentales, entre otros, el de la no discriminación”.

La situación se originó por la negativa del director del establecimiento de enseñanza de otorgar matricular a la recurrente, bajo el pretexto de que por su condición física la carrera de fotografía no era apta para ella y, además, porque el instituto no contaba con la infraestructura apropiada para recibirla.
La recurrente adujo que se la discriminaba arbitrariamente y se le conculcaba su derecho a la educación al coartarse su derecho a estudiar una carrera que contribuirá a su pleno desarrollo como persona.
La Corte de Apelaciones de Santiago acogió la acción constitucional deducida.
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